Como solicitar el Borrador de la Declaración de la Renta
Todos los años unos de los servicios más demandados por los contribuyentes es el acceso a la petición del borrador de la Renta para poder cumplir con nuestras obligaciones fiscales.
Para solicitarlo nos pedirán el NIF y la casilla 698 (cuota íntegra, parte estatal) de la declaración de Renta del año anterior.
También se puede acceder con certificado digital o DNI electrónico por varias vías:
1) Por Internet
para solicitar el borrador hay que entrar en la página de la aeat creada a tal efecto y seguir los pasos que se solicitan
2) Por teléfono en el 901 12 12 24 (es un teléfono de servicio automático que funciona las 24 horas del día) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas)
¿Cómo se obtiene el borrador?
- A través de la web con certificado digital, DNI electrónico o el número de referencia del borrador. Es posible suscribirse al servicio de alertas para que la Agencia Tributaria le envíe por SMS el número de referencia del borrador y lo vea por Internet
- Por correo en el domicilio del contribuyente. Los contribuyentes que hayan cambiado de domicilio deben comunicarlo a la Agencia Tributaria por Internet, por teléfono (901 200 345), en las oficinas de la Agencia Tributaria o con el modelo 030 que se puede obtener en la web de la agencia Tributaria o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los empresarios o profesionales pueden comunicarlo con el modelo 036.
Cuando el contribuyente solicita el borrador, la Agencia Tributaria analiza sus circunstancias y, si reúne las condiciones fijadas por ley, envía el borrador por correo al domicilio del contribuyente, excepto si éste lo solicitó por Internet con DNI electrónico o certificado digital, en cuyo caso accederá al mismo a través del ordenador (OJO desde el ordenador donde estée el certificado digital instalado). En el caso de que no le corresponda el borrador, la Agencia Tributaria siempre le remitirá los datos fiscales para ayudarle en la confección de su declaración.
Una vez recibido siempre nos quedará revisarlo y confirmarlo o modificarlo.
Cómo modificar el borrador de Renta?
Cuando el contribuyente deseé modificar el borrador puede hacerlo a través de estas vías:
- Por Internet: http://www.agenciatributaria.es/
- Por teléfono (901 200 345)
- Personalmente, previa cita, en las oficinas de la Agencia Tributaria
- En entidades colaboradoras
En el momento de confirmar el borrador, el contribuyente necesitará alguno de estos datos: el NIF, el número de cuenta corriente, el número de referencia del borrador (aparece en la carta que acompaña al borrador) y el número de justificante (es el que aparece en el documento de ingreso o devolución que acompaña al borrador
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