Modelo 159 consumo energía eléctrica

Hacienda utilizará el recibo de la luz para comprobar si se declaran o no los alquileres

Este año nace una nueva obligación para las compañías eléctricas, quienes tendrán que poner a disposición de la Agencia Tributaria información relativa a las identidades, direcciones y consumos de sus contratos de suministro.

Esta información será proporcionada a través del nuevo modelo 159 "Declaración anual de consumo de energía eléctrica." Estarán obligados a presentar el modelo 159 de declaración informativa de consumos de energía eléctrica, las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica.

Concretamente, establece la obligación de informar sobre la identificación de los titulares de contratos de suministro así como de la referencia catastral del inmueble y su localización.

Textualmente las obligaciones son:

a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los contratantes, y, en su caso, de aquellos a cuyo cargo proceda efectuar el cobro de las correspondientes facturas.

b) Referencia catastral del inmueble y su localización.

c) Potencia nominal contratada y consumo anual en Kilovatios.

d) Ubicación del punto de suministro.

e) Fecha de alta del suministro.

La presentación del modelo 159, tanto en soporte directamente legible por ordenador como por vía telemática, se realizará durante el mes de febrero del año siguiente al que se refiera la declaración

Desde el 1 de enero de 2.007, las compañías eléctricas cuando presentan a firmar un nuevo contrato recogen ya al referencia catastral del inmueble en cuestión, este dato es suministrado a la Agencia Tributaria para que pueda casar si el titular del contrato coincide con quien finalmente paga el recibo de la luz, ya que el contrato puede estar a nombre de un titular y la factura ir a nombre de otra persona, con lo que Hacienda detecta a través de este simple sistema de cuadre, la posibilidad de que haya alquileres no declarados fiscalmente.

En cualquier caso, conviene recordar la necesidad de declarar los alquileres y sobre todo que existen ventajas fiscales por el alquiler de pisos, tanto para el arrendador como para el arrendatario. De esta forma, los dueños podrán deducir en su declaración las cantidades que deban destinar para poder alquilar el piso.

Hace unas semanas, cuando la Agencia Tributaria presentó su nuevo plan de lucha contra el fraude, esta medida aparecía en el catálogo de novedades con las que el fisco quiere combatir el dinero negro.

Aproximadamente, una de cada dos viviendas que se alquila en España se hace de manera irregular. Pero esta práctica tiene los días contados, si había optado por no declarar los ingresos procedentes de alquileres es aconsejable que regularice esta situación, ya que de no hacerlo puede ir preparándose para una más que probable multa.

A principios de marzo las compañías eléctricas le enviaron a la Agencia Tributaria las cifras de consumo eléctrico de las viviendas del país, una valiosa herramienta con la que Hacienda podrá investigar y comprobar si un piso tiene inquilinos sin declarar.

Es la primera vez que el fisco reclama estos datos a las operadoras, y su intención no es otra que la de ingresar los más de 840 millones de euros que los defraudadores se ahorran cada año en impuestos, según los datos del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

Por otra parte en contratos de alquiler en vigor, debemos tener en cuenta que en caso de una revisión de nuestra declaración de renta por parte de hacienda, podremos encontrarnos con actas correspondientes a los ingresos correspondientes al periodo no declarado del contrato.

Ver más : Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio, por la que se aprueba el modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.


1 comentario:

  1. A mi ya me ha llegado la carta de Hacienda y dice que como endesa a declarado en el mod.159 q. no he tenido ningún consumo en el año 2010 tengo que devolver todas las deducciones que yo he tendio por cuenta vivienda desde el 2006 hasta el 10.Mi caso es, que yo si que he estado viviendo ahi desde junio,pero con las nuevas facturas que endesa empezo a realizar con las lecturas reales, estimadas, etc, me aparece que en julio 2010 una lectura estimada de 689 kw que me van descontando de las lecturas de agos,sept.octub.novie,con lo que en estos meses aparece que no tengo ningún tipo de consumo, entonces hacienda me reclama7500€ cuando yo si que he estado viviendo ahí. ME HAN DICHO EN las ASESORIAS FISC. QUE HAY QUE RECOPILAR INFORMACIÓN DE DONDE SEA EN LA QUE CONSTE QUE TU HAS ESTADO VIVIENDO AHI EN EL 2010.Pero yo salgo de mi casa a las 8 am, trabajo fuera a 100 km y no vuelvo hasta las 21h, con lo cual mi consumo de luz es bajo, y¿por eso hacienda dice que no estoy viviendo ahi?y que pasa si yo tengo un gasto inesperado importante y no puedo permitirme el pagar la luz y me pongo velas?NO ESTOY VIVIENDO AHI? INDIGNADA, DESAMPARADA ANTE TANTA ADMINISTRACION INCOMPETENTE, ASI ES COMO ME ENCUENTRO AHORA

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