Aplazar deudas Seguridad Social

Solicitar aplazamientos de deudas de la Seguridad Social
Normativa y como aplazar las deudas

Puede solicitarlo la persona responsable del pago de la deuda.

Impresos a cumplimentar:
TC 17/10 Solicitud de aplazamiento para el pago de deudas con la Seguridad Social.
TC 17/11 Reconocimiento de deudas con la Seguridad Social.
TC 17/12 Solicitud de domiciliación de vencimientos de aplazamientos.
TC de Liquidación inaplazable.
TC de Liquidación aplazable.
TC-2 Relación nominal de los trabajadores, si no se hubiese presentado con anterioridad.

Presentar:
Documentación de garantías en caso de ser exigibles.
Número de cuenta corriente en el que serán cargados los vencimientos.
Cualquier otra que fundamente la petición.

La solicitud se dirigirá a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la Seguridad Social o Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social en que el empresario o sujeto responsable del pago tenga autorizada la cuenta de cotización o, en su defecto, en la que tenga su domicilio.

La solicitud podrá presentarse, asimismo, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. de 14/01/1999).

Plazos:

La solicitud podrá presentarse en cualquier momento desde que se inicia el plazo reglamentario de ingreso de la deuda que se trate.
Se dispone de un plazo de 10 días para subsanar errores o completar la solicitud desde que la Administración lo requiera.
La Administración dictará y notificará la resolución en el plazo de 3 meses desde la recepción de la solicitud en el órgano competente para su tramitación.
El período total de aplazamiento no podrá exceder de 5 años.
Información completa en : http://www.seg-social.es/

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