Se modifica la normativa que regula la venta del tabaco

La normativa que regula la venta del tabaco acaba de ser modificada por el Consejo de Ministros en su última reunión celebrada el pasado viernes día 18 de noviembre, mediante la aprobación de un Real Decreto por el que se modifica otro de 1999 que desarrolló la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y reguló el Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre.

El texto aprobado adapta el citado Real Decreto del año 1999 a la redacción de la Ley del 26 de diciembre de 2005 sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Este texto supone una modificación en las autorizaciones de punto de venta con recargo, al objeto de permitir la obtención de una única autorización para varios puntos de venta situados en el mismo establecimiento, siempre que las solicitudes se presenten el mismo día. De esta forma, se eliminan cargas administrativas en cumplimiento de la Ley de Economía Sostenible.

Además la adaptación supone incluir, entre los establecimientos a los que se puede autorizar para vender con recargo, las tiendas de conveniencia previstas en el artículo 5.4 de la Ley de Horarios Comerciales de 2004, tanto las ubicadas en estaciones de servicio, como aquellas que aporten certificación acreditativa de la condición de tienda de conveniencia expedida por la autoridad competente en materia de comercio.

Asimismo, se incorpora la posibilidad de vender cigarros y cigarritos provistos de capa natural de forma manual en todos los establecimientos autorizados para la venta con recargo, y no solamente en los bares y restaurantes con una superficie igual o superior a cien metros de superficie útil.

Para más información:
Ministerio de Economía y Hacienda

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