Pago por transporte sanitario no urgente

El pago por transporte sanitario no urgente es una cuestión que están tratando en estos momentos entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad junto con las Comunidades Autónomas, que han elaborado un borrador de orden ministerial que regula la aportación del usuario en transporte sanitario no urgente.

Este pago por el transporte sanitario no urgente, consistirá en un sistema para unificar la aportación de los usuarios en toda España: que todos aporten lo mismo con independencia de la Comunidad Autónoma donde residan. Al igual que en otras prestaciones de la cartera común suplementaria, como los medicamentos, se van a establecer criterios de equidad en función de la renta y de la cronicidad de la enfermedad. Pagará más el que más tiene y menos, o nada, el que menos tiene.

La aportación no se establece en función de patologías concretas, pues se evaluará el estado del paciente. Para los enfermos con tratamientos prolongados se establecerá la aportación mínima.

El texto establece un precio único por trayecto: 50 euros. Esta medida se toma para evitar penalizar a pacientes de zonas alejadas de los centros sanitarios o rurales. Como norma general, tendrán aportación reducida, por lo que el usuario aportará el 10% (5 euros).

Se establecen límites mensuales de 60 euros para las rentas superiores a los 100.000 euros anuales; 20 euros para quienes ganan 18.000 a 100.000 (activos y pensionistas); y 10 euros para el resto.

Estos límites serán semestrales en el caso de tratamientos periódicos superiores a seis meses, con lo que se protege a los enfermos crónicos, que pagarán 1,6 o 3,3 euros al mes para la mayor parte de la población.

Estarán exentos los mismos grupos que en farmacia (síndrome tóxico, rentas de inserción, parados de larga duración, etc.) y personas que requieran tratamiento derivado de un accidente laboral (lo cubrirá la Mutua de Accidentes, el INSS o el Instituto Social de la Marina).

No se considera transporte sanitario no urgente el traslado entre centros, por lo que también estará exento de aportación.

Los menores, personas con discapacidad cognitiva, sensorial o visual o cuando su estado de salud así lo requiera podrán llevar acompañante en los trayectos. No tendrá ningún coste. 

Por último indicar que esta prestación está incluida dentro de la cartera común suplementaria. El transporte sanitario urgente queda blindado y no tendrá ninguna aportación por parte del usuario. 

Para más información:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

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