Niveles de renta para tener derecho a justicia gratuita

Los niveles de renta para tener derecho a justicia gratuita que se proponen en el Anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita que sustituirá a la ley vigente de 1996 para adaptarla a la realidad actual, y que fue presentado por el ministro de justicia al Consejo de Ministros en su pasada reunión celebrada el día 11 de enero, lo que hacen es incrementar los umbrales de renta para tener derecho a justicia gratuita para de este modo, se pueda evitar que se limite el acceso a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de recursos.

Así los niveles de renta para tener derecho a justicia gratuita propuestos, lo que han hecho es elevar e los niveles de renta para tener derecho a justicia gratuita propuestos, lo que hacen es eicia gratuita para de este modo, se pl umbral de renta para acceder a ellos pasando del actual de dos veces el salario mínimo interprofesional (14.910 euros al año) y elevándolo a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que supone 15.975,33 euros al año, y hasta a tres veces cuando los miembros de la unidad familiar son cuatro (19.170,39). En los casos en los que el solicitante no forme parte de una unidad familiar el umbral se sitúa en dos veces el IPREM.

Cuando se den circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad, los costes de aquellos procesos relacionados con esta circunstancia estarán cubiertos por la justicia gratuita. El límite para poder acceder a este derecho se eleva de cuatro veces el SMI (29.821 euros) a cinco veces el IPREM (31.950,65).

Además con independencia de la insuficiencia de recursos para litigar, el Anteproyecto incluye entre los beneficiarios de la justicia gratuita a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, así como a los menores de edad y a las personas con discapacidad víctimas de abuso o maltrato. En todos estos casos, la gratuidad se vincula a los procesos que se deriven de esa condición de víctimas.

Hasta ahora se les garantizaba la defensa jurídica especializada de forma inmediata, pero el acceso a la justicia gratuita seguía los requisitos generales, por lo que, si no se les reconocía el derecho, debían abonar después los gastos generados. Sin embargo, a partir de ahora siempre serán beneficiarias de justicia gratuita, lo que supone también quedar exento del pago de tasas.

Además, desde el mismo momento de interposición de la denuncia o en el asesoramiento previo dispondrán de atención jurídica especializada, mientras que los menores y las personas con discapacidad contarán con asistencia pericial especializada. Con esta medida se cumplen y amplían las recomendaciones marcadas en una reciente Directiva comunitaria de apoyo a las víctimas de delitos.

También serán beneficiarias de la justicia gratuita las víctimas de accidentes que sufran secuelas permanentes, tanto cuando les impidan desarrollar su actividad habitual, como cuando requieran la ayuda de otras personas para realizar las actividades más elementales. Ello les permitirá reclamar, con el beneficio de este derecho por las indemnizaciones que les correspondan por los daños personales y morales sufridos.

También hay que señalar que el Anteproyecto mantiene el reconocimiento del derecho a la justicia gratuita de los trabajadores y beneficiarios del Sistema de Seguridad Social en la primera instancia del Orden Social. En los escasos casos en los que los que recurren en suplicación los trabajadores tendrán una exención del 60 por 100 de la tasa prevista.

La Cruz Roja, las asociaciones en defensa de las personas con discapacidad, los sindicatos y los representantes de los trabajadores, así como las entidades gestoras de la Seguridad Social, tendrán derecho a la justicia gratuita siempre que ejerciten acciones en defensa de sus intereses específicos.

Por último, os dejo un cuadro con los diferentes niveles para tener derecho al acceso a la justicia gratuita.


Para más información:
Ministerio de Justicia

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