El SEPA y la oblicación de utilizar IBAN

¿Qué es SEPA?
La Zona Única de Pagos (SEPA – Single Euro Payment Area) es el área en la que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos podrán efectuar y recibir pagos en euros en Europa, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.
¿A qué países afecta SEPA?
- A 28 Estados Miembros de la UE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia
- Otros: Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza y Mónaco.
¿Qué es la end-date o fecha de migración a SEPA?
El 1 de febrero de 2014 es la "end-date" o fecha límite para la migración de transferencias y adeudos en los países del area SEPA cuya divisa es el euro. En cambio, la fecha límite de migración para los países que no tienen el euro es el 31 de octubre de 2016 (p.e. Reino Unido).
¿Qué pasará el 1 de Febrero de 2014?
A partir de esa fecha, no podrán seguir utilizándose instrumentos de pago nacionales y deberá adoptarse los nuevos requerimiento SEPA.
¿Es obligatorio con SEPA el uso de formatos XML?
El Reglamento de la "end-date" establece el 1 de febrero de 2016 como fecha límite, a partir de la que todos los usuarios de los instrumentos de pago, que no sean micro-empresas ni consumidores,  deberían enviar sus ficheros de transferencias y adeudos en formato XML.
¿Es obligatorio, en España, el uso del IBAN, en lugar del CCC?
El  IBAN  es el único identificador de las cuentas en SEPA y su uso es obligatorio, por lo que, a partir del 1 de  febrero de 2014 el IBAN sustituye al CCC

No hay comentarios:

Publicar un comentario