Solicitar NIE



Como realizar la solicitud de número de identidad de extranjero (NIE)


Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 34.2).

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 206).


El Número de Identificación de Extranjeros es un número personal, único y exclusivo de carácter secuencial, otorgado por la Oficina de Extranjeros. Es el número de identificación que se te otorgará cuando tengas autorización para permanecer en España y figurará en todos los documentos que se te asignen. 



Tipo de autorización : otorgar un número de identidad de extranjero a los efectos de identificación.

Requisitos necesarios

1. No encontrarse en España en situación irregular.

2. Que sea solicitado por los intereses económicos, profesionales o sociales del extranjero.

3. Que se comuniquen los motivos por los que solicitan la asignación del número.


Documentación que hay que presentar al solicitar el NIE
    • Impreso-solicitud oficial.
    • Documento de identidad o pasaporte original y fotocopia.
    • Foto fondo blanco en color tamaño carne.
    • Documentación acreditativa de los motivos de tu petición.
    Generalmente es un trámite sencillo tardará entre 1 y 5 semanas y es obilgatorio retirarlo personalmente.


    Logicamente cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

    Por otro lado, todo documento público extranjero no comunitario deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular en España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.

    Información sobre el procedimiento

    Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.

    Lugar de presentación:

    o Desde España: en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil directamente, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio.

    o Desde fuera de España: en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia y dirigido a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.

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