Requisitos para beneficiarse de las ayudas del Plan PIVE 5


Los requisitos que tendrán que cumplir todos aquellos que quieran beneficiarse de las ayudas contempladas en el Plan PIVE 5 que acaba de aprobar ayer el Gobierno en Consejo de Ministros serán los siguientes:

Los vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Vehículos de turismo (categoría M1):

Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos", según recoge un Real Decreto de 2002 y una Directiva comunitaria de 1999 de etiquetado de turismos.
Eléctricos puros.
Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos y, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):

Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
Eléctricos puros.
3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.

4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.

5.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.

6.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los veinticinco mil euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas, y para las personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los treinta mil euros, antes de IVA.

Por último indicar que el Gobierno aprobó ayer la quinta convocatoria del Plan PIVE, Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-5) después de que la elevada demanda de la edición anterior haya agotado los 70 millones de euros de fondos disponibles de la anterior convocatoria del mes de octubre de 2013. El PIVE-5 nace con un presupuesto de 175 millones de euros con el objetivo de sustituir vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de diez años y siete años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.

Para más información:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

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