El Gobierno crea el Registro telemático del Sistema Nacional de Garantía Juvenil


El Gobierno acaba de crear recientemente el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que constituye el sistema oficial de información y seguimiento sobre la implementación de la Garantía Juvenil en España y, como tal, la lista única de demanda y el soporte para la inscripción de las personas interesadas en las acciones ejecutadas en el contexto de la Garantía Juvenil.

El fichero tendrá naturaleza administrativa y estará integrado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Se constituye, también, como la herramienta de seguimiento de las acciones y programas del Sistema y de evaluación de los resultados alcanzados.

Adicionalmente, las Comunidades Autónomas podrán crear, en el ámbito de sus competencias, ficheros específicos para facilitar la inscripción y el tratamiento de la información, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Con independencia del fichero empleado, los datos registrados serán custodiados en un único sistema informático del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el que se depositará la información.

El procedimiento de inscripción en el Registro se ha establecido de manera telemática a través de identificación electrónica (DNI electrónico, Certificado electrónico u otros medios reconocidos) y con usuario y contraseña. Para los supuestos de personas en riesgo de exclusión social y/o discapacidad, se podrá solicitar la inscripción de forma presencial.

Para inscribirse en el registro de Garantía Juvenil, así como para ser beneficiario de alguna de las medidas, será necesario el cumplimento de los siguientes requisitos:
    Tener entre dieciséis y veinticinco años. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, tener más de dieciséis años y menos de treinta.
    Tener la nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
    También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
    Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
    No haber trabajado en los últimos treinta días.
    No haber recibido acciones educativas en los últimos noventa días.
    No haber recibido acciones formativas en los últimos treinta días.
    Adquisición de un compromiso de participación activa.

Además, las Comunidades Autónomas y el resto de agentes implicados podrán establecer requisitos adicionales en cada una de sus convocatorias o acciones.

El registro telemático estará integrado con otros sistemas para verificar de forma automática el cumplimiento de los requisitos, evitando cargas a los solicitantes y garantizando el cumplimiento de los requisitos de los posibles beneficiarios.

Para más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social

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