Prohibición de lecturas estimadas en el gasto de la luz

Prohibo facturar con consumos estimados en la factura de la luz

Desde la entrada en vigor, el 1 de abril de 2013, del Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre, la facturación de TODOS los suministros de energía de baja tensión con potencia contratada no superior a 15 kW es bimestral y en base a lecturas reales. Por tanto, desde el 1 de abril de 2013, quedan eliminadas las estimaciones de consumo.

Los clientes con contrato en una Comercializadora de Referencia y con contador de Telegestión instalado y la telemedida operativa, empezarán a recibir sus facturas mensuales, manteniendo las lecturas reales. 

¿Qué ocurre si no está disponible el contador?

En el caso de que tu contador no esté accesible y no sea posible recoger la lectura del consumo de energía, la compañía Distribuidora dejará un aviso en tu domicilio indicando las vías de contacto para que puedas facilitar tu mismo la lectura.

De esta forma, el consumo eléctrico de tu domicilio no se acumula y no habrá sorpresas al recibir facturas más elevadas de lo habitual.

Si no se puede facilitar la lectura, tu empresa Distribuidora podrá estimar el consumo de acuerdo a la normativa vigente fijada en la Resolución de 14 de mayo de 2009 de la Dirección General de Política Energética y Minas y las modificaciones introducidas por la Resolución de 24 de mayo de 2011 de la Dirección de Política de Minas.

El cálculo del consumo estimado se lleva a cabo teniendo en cuenta el consumo histórico, realizado el año anterior durante el mismo periodo equivalente.

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