Los impuestos de los premios de loterías
Los afortunados ganadores de algún premio de loterías seguro que ya saben que
existen determinados sorteos, principalmente los organizados por la Loterías y Apuestas del Estado (LAE) que están exentos de tributación y por otros hemos de pagar impuestos.
Así por ejemplo dentro de los exentos estarían los sorteos de LAE y Euromillones y también están exentos también las organizadas por las Comunidades Autónomas, y los sorteos de la ONCE y Cruz Roja.
No se puede vender un boleto premiado ya que sería un delito de blanqueo de capitales porque todos hemos oído el rumor de que alguién está interesado en comprar billetes premiados de lotería así que si alguna vez ganamos un premio tendremos que comunicarlo a la entidad financiera donde cobremos el premio dándole nuestros datos para que nos emita un certificado de ingresos.
En el caso de que el boleto sea compartido, se ha de comunicar los datos de todos los afortunados y la entidad financiera se encargará de repartir el premio y dar un certificado a cada uno.
Para que esta exención de impuestos sea efectiva, LAE pone a su disposición mecanismos para que conste usted como beneficiario de su premio; de esta manera la Agencia Tributaria (AEAT) conoce la procedencia de dicho capital y no le aplicará ninguna tributación.
En cuanto a los premios de los sorteos y apuestas que no sean las de LAE, se consideran ganancias patrimoniales no derivadas de una transmisión y de forma general tributan al tipo marginal, en función de lo que se gane con un tipo desde el 0% hasta el 43%.
Los afortunados ganadores de algún premio de loterías seguro que ya saben que
existen determinados sorteos, principalmente los organizados por la Loterías y Apuestas del Estado (LAE) que están exentos de tributación y por otros hemos de pagar impuestos.
Así por ejemplo dentro de los exentos estarían los sorteos de LAE y Euromillones y también están exentos también las organizadas por las Comunidades Autónomas, y los sorteos de la ONCE y Cruz Roja.
No se puede vender un boleto premiado ya que sería un delito de blanqueo de capitales porque todos hemos oído el rumor de que alguién está interesado en comprar billetes premiados de lotería así que si alguna vez ganamos un premio tendremos que comunicarlo a la entidad financiera donde cobremos el premio dándole nuestros datos para que nos emita un certificado de ingresos.
En el caso de que el boleto sea compartido, se ha de comunicar los datos de todos los afortunados y la entidad financiera se encargará de repartir el premio y dar un certificado a cada uno.
Para que esta exención de impuestos sea efectiva, LAE pone a su disposición mecanismos para que conste usted como beneficiario de su premio; de esta manera la Agencia Tributaria (AEAT) conoce la procedencia de dicho capital y no le aplicará ninguna tributación.
En cuanto a los premios de los sorteos y apuestas que no sean las de LAE, se consideran ganancias patrimoniales no derivadas de una transmisión y de forma general tributan al tipo marginal, en función de lo que se gane con un tipo desde el 0% hasta el 43%.
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