Se amplia y liberaliza la libertad de horarios comerciales en Madrid

La libertad de horarios comerciales en Madrid así como su liberalización han dado un paso decisivo tras la autorización de la Comunidad de Madrid a las tiendas de hasta 750 m2 abrir todos los días del año y sin restricciones de horario, y permitir abrir todos los domingos y festivos a los comercios especializados en muebles, bricolaje, vehículos, juguetes, artículos deportivos y de construcción.

Con esta libertad de horarios y la liberación de los mismos en Madrid, se pretende revitalizar este sector, combatir la crisis y generar empleo. Con esta iniciativa en la que la Comunidad de Madrid es pionera y con la que tendrán libertad de horarios la práctica totalidad de comercios madrileños, se beneficiará el consumidor, que tendrá más libertad comercial, y el empleo, con la creación de nuevos puestos de trabajo.

También señalar que gracias a la futura norma que aprobará el Consejo de Gobierno, se podrá abrir de forma inmediata un nuevo negocio al agilizarse el trámite de concesión de la licencia urbanística, trámite en el que en ocasiones los ayuntamientos tardaban hasta dos años. En concreto, con esta nueva norma bastaría con adjuntar una declaración responsable a la solicitud de licencia municipal de construcción y de edificación, en la que el interesado declare, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento mientras desarrolle la actividad.

Esta declaración responsable permitirá la expedición de una licencia o autorización provisional, de manera que el establecimiento puede iniciar la ejecución de las obras necesarias y posterior actividad, sin perjuicio de que posteriormente tenga que obtener la licencia definitiva por el ayuntamiento correspondiente. Los supuestos de obras de mayor envergadura o de gran complejidad técnica no están afectados por esta modificación, pero sí que afecta al resto de obras, los cambios de actividad o a cambios de titularidad.

Los comercios de hasta 750 m² podrán abrir los domingos, con esta media la Comunidad elevará de 300 a 750 m² el máximo de superficie útil de los locales comerciales para disponer de libertad de apertura todos los domingos y festivos. En la actualidad, la normativa básica estatal establece que, además de los establecimientos dedicados a panadería y repostería, platos preparados, prensa, combustible, floristería, tiendas de conveniencia, tiendas en estaciones y aeropuertos, y las localizadas en las denominadas Zonas de Gran Afluencia Turística, tendrán libertad de horario y de apertura los comercios que dispongan de una superficie útil de venta inferior a los 300 m² cuadrados, salvo las que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no sean pymes u operen con su nombre comercial.

Dicho límite puede ser modificado a la baja o al alza por las comunidades autónomas para incluir en esta norma a aquellos empresarios dedicados a actividades que por su propia naturaleza precisan desarrollar su actividad en locales de mayor dimensión, como pueden ser la jardinería, los supermercados o los materiales de construcción, maquinaria o automoción.

Por otra parte, la futura norma contemplaría la inclusión de determinados establecimientos con libertad de apertura en domingos y festivos en función de su oferta comercial. Así, los establecimientos en los que predominantemente se vendan muebles, artículos de decoración del hogar y bricolaje, artículos deportivos, juguetes, vehículos y materiales de construcción podrán elegir libremente los domingos y festivos que abrirán.

Se entiende por venta predominante cuando más de la mitad del número total de referencias comercializadas en el establecimiento se corresponden a dichos productos.

Así, se equipara la situación de todos los establecimientos que venden muebles, ya que se elimina la consideración de que tengan que ser tiendas de carretera para poder abrir domingos y festivos. Además, atiende la demanda de aperturas en domingos y festivos de estos comercios cuya actividad comercial se corresponde con las compras denominadas de carácter familiar.

En resumen, que en Madrid con esta norma, la libertad de horarios comerciales ya será prácticamente una realidad.

Para más información:
Comunidad de Madrid

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