Las medidas fiscales para la
sostenibilidad energética, aparecen recogidas en el Proyecto de Ley de medidas
fiscales para la sostenibilidad energética, cuya remisión a las Cortes
Generales fue aprobada ayer día 14 de septiembre por el Consejo de Ministros.
Este Proyecto de Ley de medidas
fiscales para sostenibilidad energética, tratar de resolver y afrontar el problema
más importante que tiene actualmente el sector eléctrico en España: lo que se
conoce como déficit tarifario.
, que a diciembre de 2011
alcanzaba los veinticuatro mil millones de euros. Si no se adoptaran medidas,
el déficit acumulado seguiría aumentando año a año y en 2015 podría llegar a
ser el doble del actual.
Las principales medidas fiscales para
la sostenibilidad energética que se recogen en este Proyecto de Ley son las
siguientes:
Impuestos nucleares
- Impuesto sobre la producción de
residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nuclear.
El hecho imponible es la
producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de
la generación de energía nuclear. El tipo será de 2.190 euros por kilogramo de
metal pesado. Para este cálculo se ha eliminado a la central nuclear de Garoña.
- Impuesto sobre el
almacenamiento de residuos radiactivos.
Sustituirá a los actuales
impuestos de Comunidades Autónomas sobre esta materia, con el fin de dar
coherencia y uniformidad a los mismos. En consecuencia, este impuesto pretende:
unificar los hechos imponibles gravados por diversas Comunidades Autónomas.
Canon a la generación
hidroeléctrica
Se trata de un canon por la
utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica.
Será recaudado por los Organismos de Cuenca destinado a la protección y mejora
del dominio público hidráulico. El hecho imponible es el valor económico de la
energía hidroeléctrica producida y se aplicará un tipo sobre el valor económico
de la energía hidroeléctrica producida.
Céntimo verde a gas natural:
(2,79 céntimos/m3)
Céntimo verde a carbón: (14,97
euros/ton)
Céntimo verde a fuel-oil y
gasóleo (12,00 euros/ton fuelóleo y 29,15 euros/1.000 litros gasóleo)
Impuestos sobre la venta de
energía eléctrica
Es un tributo estatal, de
carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de actividades de
producción de energía eléctrica. El hecho imponible es la venta de la
producción de energía eléctrica. La base imponible está constituida por los
ingresos totales percibidos (mercado+prima, en su caso) por la energía vendida
por el sujeto pasivo en cada instalación.
El tipo es "ad valorem"
y único (6 por 100) a aplicar a los ingresos obtenidos por cada una de las
instalaciones de producción de energía eléctrica.
Por último indicar que este
Proyecto de Ley tendrá como principales objetivos los siguientes:
En primer lugar, el texto
armoniza el sistema fiscal español con una utilización más eficiente de los
recursos energéticos, respetando el medioambiente y logrando la sostenibilidad
del sistema eléctrico. Además, establece un marco normativo y regulatorio que
garantiza a todos los productores el adecuado funcionamiento del sistema
eléctrico.
Igualmente, servirá de estímulo
para mejorar los niveles españoles de eficiencia energética, asegurando una
mejor gestión de los recursos naturales. El nuevo modelo representa también una
apuesta clara por la sostenibilidad energética, mediooambiental y
económico-financiera.
Los ingresos obtenidos en
aplicación de la nueva Ley se destinarán a cubrir determinadas partidas de los
costes del sistema eléctrico establecidos en la Ley del Sector Eléctrico, del
27 de noviembre de 1997.
En definitiva, veremos como nos
afecta esto a los consumidores, pero este problema debe resolverse lo antes
posible, puesto que no es de recibo que cada pocos meses, tengamos subidas de
la luz en nuestro país, que en pocos años ha subido muchísimo.
Para más información:
Ministerio de Industria, Energía
y Turismo
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