OBLIGATORIEDAD DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA ALQUILAR O
COMPRAR VIVIENDAS
Dentro de esta política de apoyo a la vivienda y
rehabilitación, y dando cumplimiento a la normativa comunitaria, el Consejo de
Ministros ha aprobado el Real Decreto para trasponer a la normativa
española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética
de los edificios.
De tal forma que la norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será
obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o
de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro
meses, un certificado de eficiencia energética.
Este certificado, además de la
calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre
las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios
existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o
rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de
forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios,
con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética
y las inversiones en ahorro de energía.
No hay comentarios:
Publicar un comentario