Modificación de la normativa del transporte sanitario por carretera


El Gobierno acaba de modificar recientemente la normativa del transporte sanitario por carretera.
Así Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios de Fomento y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha aprobado recientemente el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el RD 836/2012, que establece las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.

La modificación del RD 836/2012 tiene por objeto introducir nuevos requisitos técnicos en el ámbito de las ambulancias y en la formación del personal destinado al transporte sanitario. 

Así, el proyecto de real decreto, aprobado hoy en Consejo de Ministros, excluye de la aplicación del RD 836/2012 al transporte oficial sanitario realizado por la Guardia Civil, tal y como este mismo decreto ya excluía a los servicios de transporte sanitario ejecutados por las Fuerzas Armadas. Se pretende así que el transporte sanitario ejercido por ambas instituciones se regule por sus normas específicas.

Por otro lado, debido a la existencia en la actualidad de entidades benéficas que vienen realizando labores de transporte sanitario, como es el caso de la Cruz Roja Española, donde participa un amplio número de personal voluntario, resulta adecuado modificar el RD 836/2012, previendo un régimen específico en materia de formación exigible al personal voluntario de estas entidades.

Por último, el proyecto hoy aprobado, hace referencia a la Ley 6/1996, relativa al Voluntariado y demás legislación de desarrollo que resulte de aplicación, para que el personal voluntario de estas entidades acredite su pertenencia a la plantilla de la entidad benéfica de referencia, según se establecía en el RD 836/2012.

Para más información:
Ministerio de Fomento

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