El Gobierno autoriza la investigación de hidrocarburos en aguas canarias

El Gobierno ha aprobado en su último Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes la investigación para la búsqueda de petróleo e hidrocarburos en aguas canarias.  
Así el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se convalida el otorgamiento original de los permisos de investigación de hidrocarburos "Canarias 1 a 9", situados en el borde de la mediana entre España y Marruecos, a más de sesenta kilómetros de las costas del Archipiélago. 

Señalar que la prospección de hidrocarburos, además de tratar de paliar la dependencia española casi absoluta en la importación de gas y petróleo, tiene un alto potencial de creación de empleo altamente cualificado y complementa la actividad económica de las Islas Canarias. 
Estos permisos de investigación de hidrocarburos fueron otorgados por un Real Decreto del 21 de diciembre de 2001. Los trabajos de investigación fueron paralizados por una sentencia del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2004 por un defecto de forma en el Real Decreto de 2001, ya que no incluía la expresa mención de las labores de protección medioambiental a que quedaba subordinada la realización de las labores de investigación. Este defecto ha sido subsanado. 
Los trabajos realizados con anterioridad a la sentencia mencionada pusieron de manifiesto el elevado potencial geológico de la zona. El Real Decreto aprobado hoy, en cuya tramitación se ha dado audiencia, tanto a los Cabildos de Lanzarote y Fuerteventura, como al Gobierno de Canarias, permitirá la finalización de los trabajos pendientes para verificar la existencia de hidrocarburos y, en su caso, la viabilidad técnico-económica de su extracción. 
Los permisos de investigación de hidrocarburos confieren a su titular el derecho en exclusiva para investigar la existencia de hidrocarburos en el subsuelo del área otorgada; pero no permiten la explotación de los potenciales yacimientos, lo que exigiría el otorgamiento de una concesión de explotación, ni tampoco suponen una autorización automática de ningún tipo de trabajo. 
Con carácter previo a la ejecución de cada trabajo de prospección se deberá obtener la correspondiente autorización administrativa, tramitación en la que se someterán con carácter preceptivo y vinculante al procedimiento medioambiental pertinente, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por un Real Decreto Legislativo del 11 de enero de 2008. 
Igualmente con carácter previo al inicio de los trabajos, los titulares deberán constituir seguros de responsabilidad civil para hacer frente a eventuales incidentes. Asimismo, se han constituido garantías financieras a favor de la Dirección General de Política Energética y Minas para responder de sus obligaciones. 
Para más información:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

No hay comentarios:

Publicar un comentario