El Ayuntamiento de Madrid ha
aprobado recientemente en Junta de Gobierno la propuesta inicial de
modificación del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana (IVTNU), más comúnmente conocido como "plusvalía
municipal", en cumplimiento de la hoja de ruta que establece el Plan de
Ajuste Revisado, que establecía dicha modificación a lo largo del ejercicio
2014.
Actualmente se aplica una
bonificación a las transmisiones "mortis causa" (herencias) de la
vivienda habitual del fallecido o de los locales afectos a la actividad
económica que venía ejerciendo éste, siempre que el heredero fueran los
descendientes, ascendientes o el cónyuge, sometidos a los siguientes requisitos
de permanencia: en el caso de la vivienda habitual, que el heredero hubiera
convivido con el fallecido los 2 años anteriores y continúe empadronado en
dicha vivienda los 5 años siguientes. Respecto a locales afectos a actividades
económicas, que el heredero mantenga dicha actividad económica durante los 5
años siguientes.
En este sentido, se ha procedido
a actualizar los tramos de valor catastral del terreno (se han duplicado), para
adecuarlos a la nueva Ponencia de Valores de 2012 pero, sin duda, la
modificación más importante (y que hará que el número de beneficiarios de la
bonificación aumente de forma considerable) es la supresión del requisito de
convivencia con el fallecido en los casos de herencia de la vivienda habitual,
requisito que se estableció desde 2012.
De esta forma, ya no será
exigible para aplicar la bonificación que el heredero de la vivienda habitual
del fallecido haya vivido en ella los dos años anteriores al fallecimiento y
que siga empadronado los 5 años posteriores, beneficiando la medida a los
herederos con independencia de estas circunstancias.
El coste previsto de la nueva
bonificación del impuesto sobre plusvalía municipal será superior a los 43
millones de euros anuales, coste ya tenido en cuenta en la elaboración tanto
del Presupuesto 2014 como, lógicamente, en la Revisión del Plan de Ajuste.
Ejemplo de nueva bonificación
Para una vivienda de unos 90.000
euros de valor catastral (suponiendo que el 60% del valor corresponde al
suelo), la modificación de la norma sería la siguiente:
Bonificación actual = 50%
(siempre que se cumpla el requisito de convivencia)
Cuota a pagar total = 4.698 €
Nueva Bonificación = 95% (no se
exige requisito de convivencia)
Cuota a pagar total = 469,8 €
Es decir, en este caso, la
modificación de la norma supone una reducción del 90% de la cuota a pagar
(desde los 4.698 € a los 469,8 €).
Para más información:
Ayuntamiento de Madrid
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