En
caso de divorcio, ¿qué pasa con las cuentas bancarias y los ahorros del
matrimonio?
Poner fin a una relación afectiva
es duro. A menudo los buenos deseos y los matrimonios acaban disolviéndose ante
un juez. En España en 2015, según los datos del Consejo General del Poder
Judicial, se registraron más de 123.330 demandas de divorcio, un 2,4 % menos
respecto a las observadas en 2014.
Ante estas situaciones, que ya suelen ser
complicadas de por sí, hay que tomar decisiones difíciles como dividir y
repartir los bienes, las cuentas, los ahorros y las deudas. No es un proceso
sencillo, pues todo depende de cada pareja, pero a través de las pautas que nos
da el comparador de productos financieros HelpMyCash.com vamos a intentar
aclarar qué debemos hacer con las
cuentas en caso de divorcio.
Abrir una cuenta bancaria con la pareja es una práctica habitual, incluso en
el caso de tener separación de bienes ya que es una buena herramienta para
domiciliar los recibos y pagar los gastos comunes del hogar. Ahora bien, ¿qué
ocurre en caso de divorcio? Podemos encontrarnos con varios supuestos:
Parejas casadas con separación de
bienes: el dinero de las cuentas bancarias conjuntas, en principio, es de
ambos miembros de la pareja y el de las cuentas individuales sería solo del
titular.
Parejas casadas en régimen de bienes
gananciales: todas las cuentas bancarias cuyo titular fuera uno o ambos
cónyuges se considerarían propiedad de los dos, salvo que se demuestre que
alguna cantidad es un bien privativo de uno de los miembros del matrimonio.
Sin embargo, no es tan sencillo, esto son solo dos supuesto. Hay veces que
una de las dos partes decide sacar dinero de la cuenta bancaria o directamente
bloquearla. Aunque por lógica esta situación acabará por resolverse en un
juicio, puede alargar mucho el proceso de repartición de los fondos.
El reparto de bienes tras el
divorcio
En el convenio regulador se hará constar cómo quedará repartido el uso de los
bienes que se tienen en común y debe además indicarse si se procede a su
liquidación.
El reparto de
bienes dependerá en gran parte del régimen económico del matrimonio, que
ya hemos comentado. Este reparto se detalla, junto con otras condiciones como la
custodia de los hijos y otros acuerdos, en un contrato denominado convenio
regulador.
Cuando la separación es de mutuo acuerdo y ambos cónyuges actúan de buena fe,
no suelen existir problemas en el reparto del dinero de las cuentas bancarias.
Esto se produce con una disolución de forma amistosa en la que los titulares se
llevan el dinero a otra entidad o abren una nueva posición en el banco en el que
ya estaban y cierran la
otra cuenta bancaria.
Ahora bien si es un divorcio contencioso, en el que alguno de los cónyuges
decide retirar dinero del banco, el tribunal puede emitir una orden temporal
para limitar la capacidad de cada cónyuge en el uso de las cuentas bancarias y
que solo pueda utilizar el dinero para los gastos ordinarios. La entidad está
obligada a facilitar a la justicia detalles sobre los movimientos y el saldo de
las cuentas con el fin de agilizar la distribución de los fondos.
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