Cancela tu hipoteca pasos a seguir

Trámites para cancelar una hipoteca : Hazlo tú mismo y ahórrate mucho dinero
Pensábamos que nunca llegaría el día pero algunos afortunados compradores de vivienda ven como llega el último mes de pago de la última cuota hipotecaria y por fin nos divorciamos de nuestro banco. Lo que muchos no saben es que hasta cancelar nuestra hipoteca nos va a suponer un gasto extra que puede ser mayor o menor en función de los trámites que hagamos por nosotros mismos.
Veamos los pasos obligatorios que tenemos que dar haciendo especial hincapié en aquellos que podemos realizar nosotros mismos y así ahorrarnos una serie de gastos adicionales que nos cargaría el banco o la gestoría. Os adelantamos que excepto el notario en el resto podemos ahorrar mucho dinero.
En primer lugar conviene dejar claro que se puede hacer sin la intermediación del banco, ni de una gestoría y, sobre todo, que si se lleva a cabo de forma personal, se ahorra dinero. Incluso nos podemos ahorrar el coste del Registro de la propiedad ya que dejando pasar 20 años la cancelación en el registro sería automática y sin gastos. El no realizar este trámite sólo supondría que en ese intervalo constará que hay una hipoteca vigente, por lo que la posibilidad de obtener nuevos préstamos o créditos se verá mermada, bien es verdad que si no se va a necesitar… o si se va a necesitar en el futuro se podría hacer el trámite a posteriori.

Qué pasos dar para cancelar la hipoteca
1. En el banco
Lo primero que se debe hacer es acudir al banco donde se tiene contratada la hipoteca y abonar la cantidad pendiente (que normalmente nos pasan mes a mes y que al ser la última cuota no supone nada especial) y la comisión por cancelación si se tiene. Una vez finalizado el préstamo hipotecario en la entidad bancaria deben expedir el certificado de deuda cero. Aunque algunos bancos cobran entre 100 y 200 euros por entregar este documento, aunque OJO deberían hacerlo de manera gratuita. Además, justo en ese momento, es habitual que pidan una provisión de fondos para realizar todo el proceso que sigue: notario, registro, acudir a Hacienda... Cuando se indique al cliente la posibilidad de que el banco se encargue de los trámites, debemos decir que no que lo haremos por nosotros mismos y ni se os ocurra contratar los servicios de una gestoría administrativa porque también os cobrarán por algo que todo el mundo con un poco de tiempo es capaz de hacer por si mismo.
2.- Acudir al notario:
Una vez conseguido el certificado de deuda cero, hay que llevarlo al notario junto con la escritura de la hipoteca. Allí se hará una escritura pública de cancelación, que debe ser firmada por un apoderado del banco (la notaría se encarga de llamarlo). No hace falta la presencia del cliente y, según indica el Banco de España, la entidad no debe cobrar nada por el desplazamiento del apoderado. Además, se puede acudir a cualquier notario, no es necesario ni obligatorio que sea el mismo con el que se firmó la hipoteca. Ojo con los abusos en los precios, el Real Decreto ley 18/2012 de 11 de mayo cambió los honorarios e impuso un mínimo de 90 euros a esta operación realizada por el notario.
3.- A cumplir con Hacienda que en este caso y por extraño que parezca no supondrá ningún coste.
Tras haber ido al banco y visitado al notario, hay que ir a una delegación de la comunidad autónoma correspondiente para solicitar el formulario del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (mod.600). La cancelación de la hipoteca está sujeta a la tenencia de este impuesto, pero está exento de pago (salvo el precio del formulario, que ronda un euro). Es un trámite muy sencillo, pero si se tienen dudas respecto a cómo cumplimentarlo, los funcionarios de la propia delegación indican de qué manera se debe rellenar. Un trámite que sólo precisa tiempo y ya sabéis si tenéis dudas preguntad a los funcionarios.
4.- Acudir al Registro de la Propiedad:
Cuando ya se tiene la copia del impuesto que te dan en Hacienda, los papeles del banco y las escrituras de la notaría, hay que ir al Registro de la Propiedad para hacer efectiva la cancelación. No es obligatorio tal y como os comentamos y si queréis ahorraros tanto el trámite como el dinero como os comentamos hay que saber que pasados 20 años, el Registro la cancela sin coste alguno. El coste puede ser muy variable porque depende de los conceptos que carguen. Como en el caso de los notarios, el Real Decreto-ley 18/2012 impuso un mínimo que los registradores deben cobrar por este trámite. Son 24 euros, que se incrementan después en función del importe de la hipoteca.
5.- Obtener una Nota Simple:
Este trámite no es necesario. Pero, si se desea, para verificar que se ha cancelado la hipoteca, se puede pedir una Nota Simple y comprobar que ya no existe la carga de la hipoteca. La nota es solo informativa y brinda, de manera breve y concisa en soporte papel, los datos sobre la situación jurídica de la finca. Se puede obtener por correo electrónico a través de la página web de los Registradores de la Propiedad.

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