Según el anteproyecto de Ley de Jurisdicción
Voluntaria, los notarios podrán celebrar matrimonios y divorcios de mutuo
acuerdo.
Así este anteproyecto de Ley, incluye
la posibilidad de que los notarios celebren matrimonios, como ya ocurre con los
alcaldes o concejales en los que éstos deleguen y, por supuesto, en el Registro
Civil, así como los que se realicen según las normas del Derecho canónico o en
las formas previstas en los acuerdos firmados entre el Estado y las confesiones
religiosas.
Será el Registro Civil o los
notarios del domicilio de uno de los cónyuges quienes tramiten el expediente
matrimonial. De esta forma, los ciudadanos verán ampliadas las alternativas de
las que disponen si optan por el matrimonio.
En cuanto a las separaciones y
divorcios, en los casos de mutuo acuerdo e inexistencia de hijos menores o
personas con capacidad judicialmente completada, los ciudadanos también podrán
acudir al juzgado o al notario, según entiendan más conveniente para sus
intereses.
Para
más información:
Ministerio de Justicia
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