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Identificar el conductor en caso de una infracción de tráfico

Has cometido una infracción y recibes un requerimiento de tráfico para identificación el conductor responsable de infracción

Si, como titular de vehículo, ha recibido un requerimiento para que identifique a un conductor responsable de una infracción, puede realizar este trámite en Internet, sin necesidad de certificado digital ni de DNI electrónico. No te lo pienses mucho, será mejor hacerlo porque no te librarás de un pago mayor de la multa ya que la normativa actual establece que el titular de un vehículo con el que se haya cometido una infracción tiene el deber legal de identificar verazmente al conductor responsable de la citada infracción. El incumplimiento del deber de identificar es una infracción muy grave, con la sanción prevista en el artículo 67.2.a) de la citada Ley. Además la sanción por no identificar al conductor responsable de la infracción no tiene reducción del 50 % del importe de la multa

A tener en cuenta que :

- La identificación del conductor debe realizarse en el momento procedimental oportuno.
 - No es posible identificar desde esta página a conductores que no residan en territorio español. En estos casos tendrá que hacerlo por escrito.
- No es posible identificar desde esta página a conductores que carezcan de permiso o licencia de conducir adecuado para el vehículo con el que se ha cometido la infracción. En estos casos tendrá que hacerlo por escrito.

Si no lo quieres hacer por Internet, se puede identificar al conductor responsable de una infracción por cualquiera de los siguientes medios:

Por correo: devolviendo el impreso que ha recibido, debidamente cumplimentado, a la dirección de la Jefatura Provincial de Tráfico que le aparece en el impreso recibido, o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.

Por fax: remitiendo el impreso que ha recibido, debidamente cumplimentado, al número de fax: 902 512 151

Pedir un duplicado del permiso y licencia de conducir

Solicitar duplicados del Permiso y Licencia de Conducción

Las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, previa solicitud de los titulares de un permiso o licencia de conducir en vigor, expedirán duplicados de los mismos en los casos de sustracción, extravío o deterioro del original.

La documentación necesaria para realizar los trámites es la siguiente:

Cubrir el Impreso oficial.
Pagar la Tasa: según trámite
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
Una fotografía actualizada, de 32 x 26 mm. en color (si su permiso está expedido en soporte de cartulina. En el caso de permiso expedido en tarjeta de plástico, no es necesario aportar fotografías.)

El permiso o licencia de conducción original, en los supuestos de solicitud de duplicado por deterioro, variación de los datos y, en este supuesto, además, el documento que acredite la variación de los datos que figuran en el permiso o licencia.

Topes máximos margen radares DGT 2014

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reducido de manera drástica el margen de gracia que venía aplicando hasta ahora en los radares fijos y móviles.

Mucho cuidado con pisar el acelerador más de lo permitido. Los radares de tráfico han visto reducido en los últimos días su margen y nos multarán por pasar un poco el máximo permitido en cada señal.

Aunque en la normativa de seguridad vial nunca se contempló la existencia de márgenes de gracia en los radares, lo cierto es que Tráfico venía permitiendo desde hace años un colchón que dejaba sin sanción el hecho de sobrepasar en 12 o 15 kilómetros por hora los límites máximos fijados para cada tramo. Incluso ese margen de tolerancia llegó a ser de hasta 20 kilómetros por hora.

Ahora en los últimos meses ha quedado así:

Los márgenes son de solo 8 kilómetros en los tramos limitados a menos de 120. Por ejemplo, en los límites de 50 el radar salta a partir de 58 kilómetros por hora. Y lo mismo sucede en los restantes límites. En los de 120 la tolerancia llega hasta los 129, ya que a 130 kilómetros por hora ya puede haber sanción por el exceso de velocidad captado por el radar

Sanciones multas tráfico 2013

Tabla de sanciones por multas de tráfico 2013
Importe de la multa en dinero y la retirada de puntos que lleva la sanción
Cuadro explicativo donde podremos ver la multa que tráfico nos puede imponer por exceso de velocidad tanto en su apartado económico como en retirada de puntos del carnet de conducir

Radares que más multan

El Mapa de los radares que más multan en España

Los radares que más multan en España. Estos radares se reparten entre seis comunidades.

Madrid acumula cuatro: en la A-1 (kilómetro 22,1, dirección Burgos), la A-2 (kilómetro 15, dirección Zaragoza), la A-4 (kilómetro 13,3, dirección Madrid) y la M-40 (en el kilómetro 52,8, dirección A Coruña).

Según los datos de AEA, cuatro provincias tienen, cada una, dos de los cinemómetros que más sancionan: Toledo (A-4, en el kilómetro 67,6, en dirección Toledo; y en el kilómetro 40,4, en dirección Madrid), A Coruña (FE-14, en el kilómetro 4,2 hacia Fene; y en la N-634, en el kilómetro 695,3, en sentido A Coruña), Lugo (A-6, en el kilómetro 470, en dirección A Coruña; y en el kilómetro 529,6, en dirección Madrid) y Vizcaya (AP-68, en los kilómetros 0,2 y 7,4 en sentido Bilbao).

En cuanto a los radares de tramo —dispositivos que controlan la velocidad media de los vehículos en un determinado recorrido— de los nueve activos en la Península, solo uno, situado en la N-I, entre los kilómetros 421,1 y 440,1 (Gipuzkoa) figura en la lista de los 25 que más multan

Como tramitar una multa


¿Cómo tramitar una multa?
Seguro que como todos has soñado con un servicio de alerta de multas que te avise en el momento exacto que te ponen la multa, te solucionen los trámites para pagarla...
En el s. XXI ya existe algo que se acerca a ese sueño, empresas que ofrecen un servicio parecido, que informan gratuitamente de todas las sanciones que sean publicadas en los Boletines Oficiales del territorio nacional.
Son muy frecuentes los casos en los que un conductor puede tener denuncias publicadas y no ser consciente de ello. Cuando esto sucede, es muy habitual que finalice el plazo para recurrir o pagar con reducción, haciendo que los usuarios tengan que pagar recargos…
Este nuevo servicio rastrea la web de la DGT y los Boletines Oficiales informando al interesado de las sanciones publicadas para que esté al corriente. 

Si el coche o la moto es tu medio de transporte habitual y dependes de ellos para tu día a día, lo mejor es que no te arriesgues cometiendo alguna infracción, por mínima que sea. En el caso de que sea un coche encárgate de aparcarlo donde debes, circular a velocidades adecuadas, tener un seguro de coche con gestión de multas . Todos esos detalles que parecen insignificantes pero te ahorraran muchos problemas. 

De todos modos te damos unos consejos para tramitarla, según la practicopedia :

1. Cuando recibas la denuncia puedes pagarla en los 30 días siguientes a que esté en tu poder y así tener el 30% de descuento. 
Si no estás de acuerdo con la multa, tienes que presentar un escrito de alegaciones en los próximos 15 días. Si decides no abrir la puerta al cartero debes saber que aún así la multa continúa su curso y la notificación saldrá publicada en el BOE , donde darán por hecho que la conoces.

2. Si quieres reclamar descárgate el folleto adecuado y llévalo ante la Jefatura de Tráfico o el Ayuntamiento. Si optas por esta opción tienes que hacerlo en los quince días hábiles siguientes a que notifiquen la denuncia. El escrito se dirigirá al Jefe de Tráfico de la provincia en la que se ha iniciado el procedimiento.
3. Redactar el escrito, este paso es muy importante, tanto que hay muchas empresas que asesoran sobre cómo hacerlo. Para escribir el pliego divídelo en tres partes: datos personales, de la denuncia y por último las alegaciones. 
No te olvides de señalar la ciudad y fecha en que la entregas y fírmala. Lleva dos copias e intenta que la que te vas a quedar quede sellada. 

4. Una vez enviado tienes que esperar la respuesta. Si el pliego es desestimado, tranquilo, aún puedes presentar un recurso ante el Ministro del Interior.

5. Por último te queda la vía administrativa, habrá que esperar para ver cómo se resuelve. Pero siempre se puede dar una estimación, y no habría que pagar. 
Si llegas a este punto la opción es emprender acciones por la vía judicial a través de un recurso contencioso administrativo.

Asimismo, también es un buen punto, buscar quien pueda ayudarte con el tema de recuperar los puntos en caso de que lo hayas perdido, pero esto será en un futuro post.

Puntos carnet conducir 2012

La DGT regalará un punto a los buenos conductores

La Dirección General de Trafico (DGT) va a premiar a los conductores que no hayan perdido nunca ningún punto de su permiso de conducir, pudiendo acumular hasta un máximo de 15.

El regalo se materializará el próximo 1 de julio y será bienvenido para muchos conductores.

Se trata de una medida que se produce cuando se cumplen seis años de la entrada en vigor del carnet por puntos y se suma a los otros dos puntos que se dieron, por las mismas razones, en julio de 2009 cuando se cumplieron los tres años de vigencia.

Por tanto el número máximo de puntos que pueden tenerse si no se ha cometido ninguna infracción será de 15 puntos en julio de 2012.

Los conductores que sí hayan perdido puntos podrán, una vez que hayan pasado dos años sin haber sido sancionados, recuperar los 12 puntos iniciales, a no ser que la perdida de los estos fuera por una infracción muy grave, en cuyo caso tendrán que esperar tres años para recuperar la totalidad de los puntos.

En España hay unos 26 millones de conductores, de los cuales un 19 por ciento, es decir, cinco millones han sido multados. Los otros 16 millones serán los que recibirán el punto y los otros cinco millones restantes son conductores que cuando se aprobó la norma o bien eran noveles con derecho a ocho puntos, o bien eran personas que se sacaron el carnet de conducir en una fecha posterior a la ley, que fue aprobada en 2006. La DGT ha hecho un balance según el cual desde la entrada en vigor del permiso de conducir por puntos se han impuesto alrededor de 7 millones de sanciones y se han retirado 21 millones de puntos.

Pagar multas de tráfico

Como pagar una multa de tráfico

Quien no ha tenido que pagar una multa de tráfico? seguro que son pocos los españoles que no han tenido que pagar alguna multa de tráfico así que este artículos es de ayuda para ver los medios de pago para hacer frente a las multas de tráficos que nos han notificado.

1.- Se puede pagar desde la misma página web de Tráfico o por teléfono llamando al 060 con tarjeta de crédito, o débito.

2.- También puede dirigirse a una sucursal del Banco Santander

3.- Pagar en una oficina de Correos.

En cuanto al pago con reducción: si la denuncia es anterior al 25 de mayo, si se efectúa el pago antes de 30 días, existe un descuento del 30%. Si la denuncia es de fecha de 25 de mayo de 2010 o posterior, si se efectúa el pago antes de 20 días naturales, hay una reducción del 50% del importe de la multa.

El pago con reducción implica no reclamar el importe de la multa. El pago con reducción implica la terminación del procedimiento, la renuncia a presentar alegaciones o recurso de reposición, y la detracción de puntos al día siguiente, si la infracción implicaba pérdida de puntos.

Notificaciones tráfico por la DEV

Notificaciones por la DEV Dirección Electrónica Vial

La DEV es un sistema de notificación electrónica que ha sido creada para sustituir la dirección de su domicilio por una dirección de correo electrónico en cuanto a las notificaciones relacionadas con tráfico de tal forma que al darse de alta en la DEV nos notificarán a través de email y teléfono móvil.

Si estamos dados de alta en la Dirección Electrónica Vial, el proceso de notificación de una infracción será el siguiente:

•La Dirección General de Tráfico remitirá una notificación para avisarnos en nuestro correo eléctronico y en el teléfono móvil.

•A partir de ese momento dispondrá de 10 días para decidir si acepta o rechaza la notificación (como ocurre con las notificaciones en papel)

•Si eligiera la opción leer, accederá a su contenido (abre un documento Pdf) y podrá tomar las mismas decisiones que si la tuviese en papel (alegar, pagar, identificar al conductor..)

•Si rechaza la notificación, esta se dará por hecha igualmente y el procedimiento sancionador continua.

•Si no leyera ni rechazara la notificación, es decir, no la abriera en el plazo de 10 días desde el envío a su correo electrónico, la notificación se dará por realizada y el procedimiento sancionador continuará.

Notificar multas por internet

Notificación de multas por internet : DEV Dirección Electrónica Vial y TESTRA tablón edictal de sanciones de tráfico




La DEV dirección electrónica vial es una página web que funciona como un buzón electrónico que va a sustituir al domicilio habitual en el que la Dirección General de Tráfico notifica las multas y notificaciones de sanciones. VER notificaciones tráfico a través de la DEV


Se podrá saber si tiene alguna multa pendiente con sólo hacer "clic" en la web de la Dirección General de Tráfico -www.dgt.es-, en la que también podrá consultar las que no le hayan podido notificar, que hasta ahora se publicaban en los boletines oficiales provinciales


Para acceder al servicio será necesario el DNI Electrónico o certificado digital o el CIF para personas jurídicas. En el caso de los particulares será de inscripción voluntaria y aconsejable para conocer las multas que nos puedan imponer para poder bien recurrirlas o bien pagar con descuento. El darse de alta en la DEV implica dejar de recibir notificaciones por correo postal algo muy útil cuando nos sancionan por ejemplo con el radar por exceso de velocidad que son denuncias sin parada al instante del vehículo.


Las notificaciones que lleguen al buzón se darán por notificadas en el plazo de 10 días y a partir de este momento podrán ser abonadas o recurridas incluyendo la posibilidad a partir del 2011 de que los infractores puedan alegar por internet o acceder al expediente sancionador electrónicamente.

El DEV incluirá un sistema de alertas que permitirá enviar al email o móvil personal las posibles comunicaciones que nos lleguen a nuestro buzón virtual.

También entrará en vigor el Tablón Edictal de sanciones de tráfico el TESTRA, una página web a la que se podrá acceder con el DNI y con la que se eliminará el papel para este cometido.La notificación en el boletín oficial provincial se sustituirá por una notificación en este tablón edictal, que a través de un buscador permitirá saber si tenemos pendiente alguna multa que no ha llegado a nuestro domicilio.

Buscar multas de tráfico

Buscador de multas de tráfico

Lo último en multas es que la Administración no tiene obligación denotificarte las multas que te pongan, ni la policía pararte para darte lamala noticia; así pues solo deben notificártelo a través del BOE y como note enteras (quien lee el BOE???) no puedes recurrir ni favorecerte deldescuento por pronto pago; así la Administración te "embarga" la cuenta(con el follón que esto supone) o te lo resta de la Declaración de la Renta y tu te quedas pasmao....

Devuelta ha sacado esta página en Internet donde con tu DNI y tu número de matricula puedes ver las multas que tienes pendientes notificadas en el BOEy te pueden avisar si sales publicado en un futuro. Imprimes la página ycon ello te vas a tráfico a retirar o te pones en contacto con Devuelta yla recurres.. y todo ello gratuito!. prueba a ver.


¿Para qué sirve buscamultas.com?
Buscar multas que te puedan poner cuando:
no te paran (radares fijos)
no estás en el vehículo (aparcamiento)
Recurrir las multas dentro del plazo.
Evitar embargos inesperados de tu cuenta corrienteo de la devolución del IRPF.
Detectar la contestación a un recurso que hayasinterpuesto ante la Administración.

Funciona así:

1.- Eres multado por una infracción de tráfico.
2.- La Administración publica la notificación de tu multa en las webs de boletines oficiales, en formato PDF.
3.- Buscamos tu DNI y/o matrícula todos los días.
4.- Inmediatamente te enviamos un email cuando localizamos tu multa.

Plazos para el pago multas de tráfico

Plazos para el pago de las multas de tráfico
Dentro de los 15 días siguientes y hábiles (sin contar domingos y festivos) a la firmeza de la
resolución en la que se contenga la sanción.

Si se abonan antes de que se notifique la resolución sancionadora se descontará el 30 % del importe de la sanción.

Una vez transcurrido este tiempo sin que se haya realizado el pago de la multa, se iniciará el llamado procedimiento de apremio en el que el organismo correspondiente investigará nuestros bienes para proceder al embargo por la cuantía no sólo del importe de la sanción, sino también de los intereses de la deuda y de las costas o gastos que genera este procedimiento.

Normalmente se embargarán los saldos de cuentas corrientes y las devoluciones de las declaraciones de la renta que tengamos a nuestro favor.

Si la sanción consiste no sólo en el pago de una multa sino en la suspensión o revocación del permiso de conducir, el órgano sancionador nos requerirá para que lo entreguemos. Nos devolverán el permiso cuando transcurra el tiempo que dure la sanción.
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