La cuantía máxima de la prestación económica por dependencia 2011 ha sido fijada en el pasado Consejo de Ministros celebrado el pasado miércoles día 20 de abril, en el cual se aprobaron dos Reales Decretos relacionados con la aplicación de la Ley de Dependencia: el primero establece las cuantías máximas de las prestaciones económicas para las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2011 y el segundo determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para este año. En ambos casos se recoge la incorporación al Sistema de las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2.
El primero de los Reales Decretos aprobado incorpora las prestaciones económicas querecibirán las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2 y establece las prestaciones económicas del resto de niveles ya incorporados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para 2011.
Además, modifica otro Real Decreto del año 2005 por el que se regulan las ayudas económicas de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, declarando su compatibilidad con el percibo de las pensiones de invalidez y de jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, no teniendo en ningún caso la consideración de renta o ingreso computable a efectos del percibo de éstas.
Esta modificación se hace para dar cumplimiento a lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de noviembre de 2010, en el que se encomendó a los Departamentos ministeriales competentes acometer reformas normativas encaminadas, entre otros aspectos, a “excluir las ayudas económicas de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de las rentas o ingresos computables a efectos de posibilitar el reconocimiento del derecho a las pensiones no contributivas a las víctimas de violencia de género”.
Así las cuantías máximas de la prestación económica por dependencia, quedan de la siguiente manera:
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