Indicar que el consorcio de seguros de ciclomotores, sirve para cubrir aquellos daños ocasionados por causas excepciones que una póliza normal de seguro no suele cubrir, tales como los ocasionados por terremotos, desastres naturales, actos terroristas, huracanes, etc… en estos casos lo normal es que nuestro seguro no cubra esas eventualidades, y es ahí donde entra el consorcio, que es el que va a cubrir esos daños ocasionados a nuestro ciclomotor por esas causas excepcionales para que no seamos nosotros los que tengamos que asumir esos gastos.
Señalar que en el contexto del Seguro del Automóvil las funciones del Consorcio de Compensación de Seguros vienen establecidas en:
El ESTATUTO LEGAL (fue aprobado por la Ley 21/1990, de 19 de diciembre y, tras sucesivas modificaciones, ha quedado recogido en el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, con modificaciones introducidas por la Ley 12/2006, de 16 de mayo, así como por la Ley 6/2009 de 3 de julio).
La LEY sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre y modificado por la Ley 21/2007 , de 11 de julio).
El REGLAMENTO del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor , aprovador por el Real Decreto 1507/2008 , de 12 de septiembre.
Como podremos ver este consorcio, es un buen paraguas para estar mejor cubiertos con nuestro seguro, puesto que cubre varias cosas que un seguro normal no suele cubrir.
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