Plazos reclamación defectos vivienda

Plazos para reclamar desperfectos en una vivienda nueva.

Plazos para reclamar al constructor los defectos en la vivienda nueva recién adquirida

La Ley de Ordenación de la Edificación distingue tres plazos de garantía distintos para subsanar otros tantos tipos de defectos constructivos en viviendas nuevas:
•Un año de garantía para los defectos de terminación y acabado. Por ejemplo, suelos o azulejos mal colocados.

•Tres años para los defectos en los elementos constructivos y de las instalaciones, vicios que afecten a la habitabilidad, como puede ser la aparición de humedades.

•Diez años para los vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica o estabilidad del edificio. Un ejemplo serían las grietas provocadas por una mala cimentación

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