Los requisitos
que tendrán que cumplir todos aquellos que quieran beneficiarse de las ayudas
contempladas en el Plan PIVE 5 que acaba de aprobar ayer el Gobierno en Consejo
de Ministros serán los siguientes:
Los
vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir
los siguientes requisitos:
1.-
Vehículos de turismo (categoría M1):
Convencionales,
híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados
total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o
gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren
clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de
carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos", según recoge un Real
Decreto de 2002 y una Directiva comunitaria de 1999 de etiquetado de turismos.
Eléctricos
puros.
Propulsados
por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles
alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de
consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos y, además, acrediten
contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por
kilómetro).
2.-
Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
Convencionales,
híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados
total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina,
gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2
homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
Eléctricos
puros.
3.-
Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o
inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de
datos.
4.-
Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de
familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas
podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.
5.-
Es requisito necesario dar de baja definitiva en la Dirección General
de Tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de
categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez
años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.
6.-
El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a
los veinticinco mil euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos
enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias
numerosas y vehículos con más de cinco plazas, y para las personas
discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se
eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los treinta mil euros, antes
de IVA.
Por último
indicar que el Gobierno aprobó ayer la quinta convocatoria del Plan PIVE, Programa
de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-5) después de que la elevada demanda
de la edición anterior haya agotado los 70 millones de euros de fondos
disponibles de la anterior convocatoria del mes de octubre de 2013. El PIVE-5
nace con un presupuesto de 175 millones de euros con el objetivo de sustituir
vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de diez años y siete años de
antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor
consumo de combustibles y emisiones de CO2.
Para
más información:
Ministerio
de Industria, Energía y Turismo
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