El Gobierno acaba de modificar
recientemente la normativa del transporte sanitario por carretera.
Así Consejo de Ministros, a
propuesta de los Ministerios de Fomento y Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, ha aprobado recientemente el proyecto de Real Decreto por el que se
modifica el RD 836/2012, que establece las características técnicas, el
equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte
sanitario por carretera.
La modificación del RD 836/2012
tiene por objeto introducir nuevos requisitos técnicos en el ámbito de las
ambulancias y en la formación del personal destinado al transporte sanitario.
Así, el proyecto de real decreto,
aprobado hoy en Consejo de Ministros, excluye de la aplicación del RD 836/2012
al transporte oficial sanitario realizado por la Guardia Civil, tal y como este
mismo decreto ya excluía a los servicios de transporte sanitario ejecutados por
las Fuerzas Armadas. Se pretende así que el transporte sanitario ejercido por
ambas instituciones se regule por sus normas específicas.
Por otro lado, debido a la
existencia en la actualidad de entidades benéficas que vienen realizando
labores de transporte sanitario, como es el caso de la Cruz Roja Española,
donde participa un amplio número de personal voluntario, resulta adecuado
modificar el RD 836/2012, previendo un régimen específico en materia de
formación exigible al personal voluntario de estas entidades.
Por último, el proyecto hoy
aprobado, hace referencia a la Ley 6/1996, relativa al Voluntariado y demás
legislación de desarrollo que resulte de aplicación, para que el personal
voluntario de estas entidades acredite su pertenencia a la plantilla de la
entidad benéfica de referencia, según se establecía en el RD 836/2012.
Para más información:
Ministerio de Fomento
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