Peso del equipaje por Pasajero en Vueling
Con la tarifa Basic, la facturación de una maleta de hasta 23 kg por pasajero está sujeta al pago de un suplemento variable en función de las características singulares de cada vuelo. En las tarifas Óptima y Excellence se incluye la facturación de una maleta de hasta 23 kg sin extra coste.
Con cualquiera de las tarifas, el Pasajero podrá facturar más de un bulto de equipaje siempre que abone el cargo correspondiente por bulto. Está permitido aumentar el peso de un bulto facturado pagando el cargo correspondiente y con el límite de 32 kg por bulto.
Vueling podrá negarse a transportar la totalidad o parte del equipaje que exceda de este peso o que no haya sido previamente abonado. Los bebés menores de dos años podrán transportar sin cargo una silla, cesta o cuna completamente plegadas.
Equipaje de mano
Cada Pasajero podrá llevar consigo estrictamente una pieza de equipaje de mano con un peso máximo de 10 kg, y cuyas dimensiones en ningún caso excedan de 55x40x20 cm, salvo la tarifa Excellence que permite llevar un equipaje de mano con un peso máximo de 14 kg.
Además, puede llevar sin cargo extra un solo elemento adicional de dimensiones sustancialmente inferiores a 55x40x20 cm, como puede ser un maletín pequeño, o un bolso de mujer o una cámara fotográfica o de vídeo.
En la puerta de embarque, el equipaje de mano que incumpla la normativa de la compañía, es decir, que exceda la cantidad, peso y o medidas indicadas anteriormente, será retirado y cargado en la bodega del avión, con un coste adicional.
El transportista se reserva el derecho a cancelar la reserva y negar el embarque a aquellos pasajeros que no cumplan los requisitos de equipaje de mano indicados anteriormente.
Todo ello salvo que, por cuestiones de seguridad locales vigentes en el país de origen o destino, no sean admitidos en el vuelo dichos artículos, y sin perjuicio de las normas que rigen para el transporte como equipaje de mano de determinados productos.
Los objetos (incluidos instrumentos musicales y similares) que no cumplan los requisitos de tamaño previstos para el equipaje de mano no se aceptarán para su transporte en el compartimiento de la cabina de Pasajeros, salvo si el Pasajero ha pagado un Billete o Billete de Conexión adicional para dichos objetos.
No se podrán transportar como equipaje de mano los siguientes objetos:
Armas de fuego y otros dispositivos que descarguen proyectiles (entre las que se incluyen todo tipo de armas de fuego como pistolas, rifles o escopetas, pistolas de juguete, imitaciones, piezas procedentes de armas de fuego, excepto miras telescópicas, armas de aire comprimido y CO2, pistolas lanza-bengalas y pistolas estárter o de señalización, arcos, ballestas y flechas, arpones y fusiles de pesca y hondas y tirachinas).
Dispositivos destinados específicamente a aturdir o inmovilizar (entre las que se incluyen pistolas para aturdir, pistolas eléctricas tipo “Taser” o bastones para aturdir, aturdidores para animales y pistolas de matarife y productos químicos, gases y nebulizadores neutralizadores o incapacitantes como gases lacrimógenos, rociadores de ácido y aerosoles repelentes de animales).
Objetos de punta afilada o borde cortante (entre los que se incluyen hachas, hachuelas y hendidoras, piquetas y picos para hielo, cuchillos y navajas con hojas de más de 6 cm de longitud, cuchillas y navajas de afeitar, bisturíes, bastones de esquí y excursionismo, tijeras con hojas de más de 6 cm de longitud, equipos de artes marciales punzantes o cortantes y espadas y sables).
Instrumentos romos (tales como bates de béisbol y sóftbol, palos y bastones o equipos de artes marciales).
Sustancias y dispositivos explosivos o incendiarios (tales como municiones, fulminantes, detonadores y espoletas, reproducciones o imitaciones de dispositivos explosivos, minas, granadas y otras cargas explosivas de uso militar, fuegos de artificio y otros artículos de pirotecnia, botes de humo y cartuchos generadores de humo, dinamita, pólvora y explosivos plásticos).
Herramientas de trabajo que puedan utilizarse para causar heridas graves o amenazar la seguridad de la aeronave (tales como palancas, taladros y brocas, herramientas dotadas de una hoja o eje de más de 6 cm de longitud, como destornilladores y formones, sierras, sopletes, pistolas de proyectil fijo y pistolas grapadoras).
De conformidad con lo previsto en el Reglamento 185/2010, sólo se pueden transportar como equipaje de mano envases con líquidos, aerosoles y geles (por ejemplo, pasta de dientes, gomina, bebidas, sopas, perfumes, espuma de afeitar, lociones, cremas de untar alimenticias y otros artículos de consistencia similar etc.) que no excedan los 100 ml, los cuales se colocarán dentro de una bolsa transparente con una capacidad máxima de 1000 mililitros o equivalente que pueda cerrarse completamente. Sólo se permitirá una bolsa por Pasajero.
También se permitirán líquidos o semisólidos (por ejemplo, papillas infantiles) que deban ser consumidos a bordo por necesidades médicas o por una necesidad dietética especial, aunque en estos casos puede que se le exija al Pasajero demostrar su autenticidad.
Se permite la entrada al avión de líquidos comprados en:
Tiendas del aeropuerto situadas una vez pasado el control de tarjetas de embarque, en puntos de venta sujetos a procedimientos de seguridad aprobados como parte del programa de seguridad del aeropuerto, , siempre en este caso que estén empaquetados en una bolsa a prueba de manipulaciones y se ofrezca acreditación de que la compra ha sido adquirida en ese aeropuerto concreto, en ese preciso día.
En puntos de venta situados en la zona restringida de seguridad sujetos a procedimientos de seguridad aprobados como parte del programa de seguridad del aeropuerto.
En tiendas de otros aeropuertos comunitarios, siempre que los líquidos estén empaquetados en una bolsa a prueba de manipulaciones y se muestre una prueba satisfactoria de que la compra ha sido efectuada en la zona de operaciones de ese aeropuerto concreto, en ese preciso día.
VUELING recomienda la lectura del citado Reglamento para consultar en detalle todas las prohibiciones de transporte en materia de equipaje de mano vigentes.
VUELING denegará el embarque en cualquier momento y sin compensación económica de los equipajes de mano que no cumplan los requisitos previstos en el citado Reglamento.
El equipaje de mano debe ubicarse en los maleteros cerrados instalados al efecto en la parte superior de la cabina, debajo del asiento del Pasajero o en otro lugar que se especifique por la tripulación de cabina en cada momento. En la tarifa Excellence, el Pasajero tendrá derecho a la reserva de un espacio para un equipaje de mano de hasta 14 Kg. El Pasajero responderá por los perjuicios causados a VUELING o a terceros por su equipaje, salvo cuando éstos vengan producidos por una negligencia de VUELING.
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