Orden de los apellidos en el Juzgado
Un funcionario fijará el orden de los apellidos si los padres no son capaces de acordarlo
Decisión salomónica cuando los padres no se pongan de acuerdo a la hora de inscribir el nombre y el orden de los apellidos del niño/a
Cuando el hijo vaya a ser inscrito en el Registro Civil será el funcionario encargado de este departamento quien tomará la decisión última sobre el orden de los apellidos si no hay acuerdo entre los padres según ha quedado fijado en la nueva ley del Registro Civil que ha aprobado el Congreso.
El texto legal quedaría así:
"en caso de desacuerdo o cuando no se hayan hecho constar los apellidos en la solicitud de inscripción, el encargado del Registro Civil requerirá a los progenitores, o a quienes ostenten la representación legal del menor, para que, en el plazo máximo de tres días, comuniquen el orden de apellidos. Transcurrido dicho plazo sin comunicación expresa, el encargado acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior del menor".
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