Así la reforma sanitaria aprobada establece
un nuevo sistema de aportaciones del usuario en farmacia, vamos lo que se
conoce como el copago farmacéutico, lo cual no es nada nuevo puesto que ya
existía, lo que ocurre es que se introducen modificaciones en este copago que
pretenden mejorar la equidad, con una fórmula más justa, que tiene en cuenta la
renta, la condición de activo o pasivo y la condición de enfermo crónico.
El Real Decreto Ley establece una aportación
de los pensionistas. Se ha considerado una medida necesaria, ya que consumen
casi el 80 por 100 de los fármacos dispensados a través de recetas. Con
carácter general, pagarán el 10 por 100 del precio de las medicinas. No
obstante, los titulares de pensiones no contributivas estarán exentos. Tampoco
tendrán que pagar por los fármacos, por primera vez, los parados de larga
duración.
En cuanto a los demás titulares de pensiones,
los que no tengan obligación de hacer la declaración de la renta (el 90 por 100
del total) aportarán un máximo de ocho euros al mes. Para los que tengan
obligación de declarar, el máximo estará en dieciocho euros mensuales.
Los pensionistas con rentas superiores a los
cien mil euros anuales pagarán el 60 por 100 de las medicinas, pero tendrán un
tope de sesenta euros al mes.
En cuanto a los activos, los que no tengan
obligación de hacer la declaración de la renta seguirán pagando el 40 por 100
del precio de los fármacos, como hasta ahora; los que tengan obligación de
hacerla pagarán el 50 por 100, y las rentas superiores a cien mil euros,
pagarán el 60 por 100.
Para más información:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad
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