Bono Social documentación y requisitos

Bono social ¿cómo solicitarlo?
Requisitos y trámites para solicitar el Bono social tarifa eléctrica

Podrán acogerse al bono social cuatro colectivos: 
a) los clientes domésticos residencias con una potencia contratada inferior a 3 KW; 
b) los pensionistas con prestaciones mínimas;
c) las familias numerosas 
d) los hogares en los que todos sus integrantes se encuentren en situación de desempleo. 

Explicación de los requisitos :

a:)Consumidores con potencia contratada inferior a 3kW. Estos consumidores no tendrán que solicitar tramite alguno para poder disfrutar del Bono Social.

b:)Pensionistas. Consumidores con 60 o más años de edad que acrediten ser pensionistas del sistema de Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.

c:)Familias numerosas. Debiendo acreditarlo mediante el carnet correspondiente, según lo establecido en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.

d:)Desempleados. Las unidades familiares que tengan todos sus miembros en situación de desempleo. A estos efectos, se considerarán como parados los demandantes de empleo que se encuentren registrados en los términos previstos en el apartado 1 del artículo único de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 11 de marzo de 1985.

¿cómo solicitarlo?

En el caso de los clientes con contratos de suministro con una potencia contratada inferior a 3 KW su inclusión en el bono social es automática y no tendrá que pedirlo.
El resto de consumidores debe solicitarlo a su comercializadora de último recurso mediante correo ordinario, fax, correo electrónico o personándose en las oficinas de la distribuidora ( no de la comercializadora ) y acreditar que es pensionista, familia numerosa o que todos los miembros de la familia están en situación de desempleo

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud que les facilitará la empresa suministradora
  2. Documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones exigidas
En cada caso concreto sería:
  • Pensionistas.
    Deberán entregar una solicitud [PDF] [22 Kb] y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, certificado de empadronamiento del titular del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad de la documentación presentada y un certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social acreditando que es beneficiario del bono social. 

    La Seguridad Social está enviando una carta a todos los pensionistas beneficiarios del bono social en la que se incluye el certificado que deben presentar.

  • Familias numerosas.
    Deberán entregar una solicitud [PDF] [21 Kb] y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, certificado de empadronamiento del titular del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad [PDF] [25 Kb] de la documentación presentada y fotocopia del carné de familia numerosa.

  • Hogares con todos sus miembros en desempleo.
    Deberán entregar una solicitud [PDF] [22 Kb] y aportar una fotocopia del DNI del titular del punto de suministro de electricidad, fotocopia del libro de familia (sólo en el caso de unidades familiares de dos o más miembros), certificado expedido por el ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del punto de suministro, fotocopia de la última factura, una declaración de la veracidad [PDF] [23 Kb] de la documentación presentada, haciendo figurar en la misma los componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos, relativos a su condición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas. 



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