El informe sobre el anteproyecto de Ley por
el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, fue
recibido por el Consejo de Ministros en su pasada reunión celebrada el pasado
viernes día 15 de junio. Indicar que este informe lo envió la ministra de
Fomento.
Con este informe sobre el Anteproyecto de Ley
por el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, lo
que se buscar es mejorar la competitividad y eficiencia del sector y
racionalizar la red de servicios públicos del transporte de viajeros, puesto
que esta Ley, aprobada en 1987, ha quedado en muchos aspectos obsoleta, tanto
respecto a la normativa nacional y comunitaria, como a la realidad actual del
transporte por carretera.
Por ello, se ha redactado un nuevo texto
normativo que busca, en primer lugar, incrementar la flexibilidad a las
empresas para poder operar en el mercado del transporte por carretera.
En la actualidad es necesaria una
autorización para realizar transporte y otra segunda para realizar operaciones
de subcontratación del mismo. Con la modificación prevista será posible
realizar todo tipo de actividades relacionadas con el transporte con una única
autorización.
Además, se reducen las cargas administrativas
para las empresas, ya que con la nueva Ley podrán hacer todas las gestiones
necesarias con la autoridad de transporte competente (Ministerio de Fomento o
Comunidades Autónomas) a través de internet, sin necesidad de acudir
físicamente a sus centros. Con esta medida se consigue una importante reducción
de costes y de los tiempos de tramitación de las solicitudes.
Igualmente, para ahorrar gastos en procesos
judiciales y anticipar en el tiempo la resolución de los conflictos se aumenta
de seis mil a doce mil euros el límite económico para poder acudir a las Juntas
Arbitrales y resolver posibles desacuerdos en los contratos.
Mejora de la transparencia en la gestión
La nueva Ley incrementará, asimismo la
transparencia en la gestión, ya que se hacen públicos los datos registrados
relativos a las empresas de transporte y agencias de intermediación que cuentan
con autorización. Ello permitirá conocer a quien contrate si el transportista o
la agencia está o no autorizada para la realización de su actividad.
Dicho avance resulta de gran importancia, ya
que el que contrata con un transportista o agencia no autorizada es responsable
por ello e incurre en una infracción administrativa que será objeto, en su
caso, de la correspondiente sanción económica. Hasta ahora, si se quería
conocer esta información, se tenía que elevar a la Administración una consulta
puntual.
Líneas regulares de viajeros
Todas las medidas expuestas afectan tanto al
transporte de mercancías, como al transporte discrecional de viajeros, pero
también hay una serie de aspectos contenidos en la norma que resultan
importantes para el sector de las líneas regulares de transporte de viajeros
por autobús, que son concesiones otorgadas por el Ministerio de Fomento o las
Comunidades Autónomas.
La nueva Ley obliga a la inscripción de los
contratos de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros en
el registro, con lo que se aumenta la transparencia del mercado para los
viajeros o usuarios de las líneas regulares de autobuses, ya que podrán
informarse vía internet en todo momento sobre las condiciones (paradas,
horarios, etcétera) y tarifas del servicio regular que van a utilizar.
Normativa comunitaria
Otro de los aspectos destacados es la
actualización y armonización de la Ley con la actual normativa comunitaria,
especialmente en aquellos aspectos relacionados con los requisitos de acceso al
mercado, lo que incrementará la seguridad jurídica de las empresas.
También se armoniza la clasificación de las
infracciones de transporte por carretera (en leves, graves y muy graves)
previstas en una Directiva comunitaria.
Evitar el intrusismo
Se incrementa, asimismo, la lucha contra el
intrusismo en el sector, reforzando el principio de que sólo quien tenga
autorización de transporte puede contratar y facturar en su nombre. Se regula
una infracción para poder sancionar, bajo la normativa de transporte, cuando se
incumpla dicho requerimiento.
Para más información:
Consejo de Ministros – Ministerio de Fomento
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