Concesión de la prestación económica de pago único por hijas e hijos menores de tres años para el año 2013
El plazo será de 40 días naturales es decir del 2 de abril al 11 de mayo, ambos incluidos
se dirige a aquellas personas que, con fecha del 1 de enero de este año, tuvieran a su cargo hijos menores de tres años, siempre que durante el año 2011 no estuviesen obligados a presentar la declaración por el impuesto sobre la renta ni la presentasen de forma voluntaria.
Para pedirla es necesario que los progenitores tengan su residencia habitual en Galicia y que los niños convivan con la persona solicitante.
La petición se formalizará en el formulario normalizado que está disponible en la sede electrónica de la Xunta en la dirección https:sede.xunta.es
La solicitud se formalizará en el modelo oficial, que figura como anexo I de esta orden y que está disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.es, junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del libro de familia o certificación literal de nacimiento del registro civil de cada uno de los hijos/as menores de tres años.
b) Certificado de empadronamiento conjunto de toda la unidad familiar.
c) Copia de la sentencia de nulidad, separación o divorcio y/o del convenio regulador, en su caso.
d) En los supuestos de adopción o acogimiento, copia de la resolución judicial o administrativa que la declare.
e) Autorización del cónyuge o pareja para obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y DNI (anexo II).
INFORMACIÓN COMPLETA en este link DOGA 62
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