El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, han ampliado el número de supuestos de renovaciones de autorización de extranjería que se pueden presentar a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Los nuevos supuestos, que completan a los de solicitud de renovaciones o autorizaciones de residencia y trabajo que se pueden realizar de manera telemática desde el pasado mes de junio, son los siguientes:
•Solicitud de Autorización de Residencia de Larga Duración por supuesto general de 5 años de residencia continuada en España.
•Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
•Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
•Renovaciones de autorización de residencia no lucrativa.
•Renovaciones de autorización de residencia por reagrupación familiar.
•Renovaciones de autorización de residencia y trabajo como trabajador altamente cualificado (Tarjeta azul).
•Renovaciones de autorización de residencia y trabajo para investigadores.
•Renovaciones de autorización de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
•Modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo laboral, social con habilitación para trabajar, y familiar, o cualquier otro caso en el que el titular haya obtenido autorización para trabajar, a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
Conjunto completo de servicios electrónicos de extranjería
De esta forma, el conjunto de servicios electrónicos ofrecidos al ciudadano en materia de extranjería permitirán que el ciclo completo de interacción con la administración pueda realizarse de forma telemática:
•Iniciar una tramitación de renovación.
•Recibir notificaciones y resoluciones.
•Adjuntar documentación.
•Realizar el pago de tasas.
•Consultar el estado de su expediente.
•Solicitar cita previa.
•Obtener el borrador de su solicitud de renovación.
Es importante resaltar que los servicios a extranjeros que se prestan a través de las aplicaciones de la AGE no se circunscriben a realizar la solicitud o renovación, si no que incluyen, de manera también electrónica, la creación del expediente asociado, de tal manera que el ciudadano no necesita presentar, por ejemplo, el certificado de la AEAT, de la Seguridad Social, los de consulado, exteriores, penados y rebeldes, etc… si no que gracias a la administración electrónica, todos estos certificados se incorporan por intercambios de información automáticos entre organismos, lo que supone una gran comodidad al ciudadano y un importante ahorro de costes y posibles errores a la administración.
Con los nuevos servicios telemáticos que ya están en marcha, se continúa con el impulso a la administración electrónica en materia de extranjería, haciendo partícipes de las ventajas que conlleva, tanto en comodidad, facilidad y ahorro de costes, al colectivo de ciudadanos extranjeros en nuestro país.
En definitivas más facilidades para que todos los usuarios que lo necesitan puedan hacer este tipo de trámites por Internet.
Para más información:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
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