El Gobierno aprueba la regulación
del Registro Público Concursal.
Así el Consejo de Ministros aprobó
en su última reunión celebrada el pasado viernes día 15 de noviembre, un Real
Decreto por el que se regula el Registro Público Concursal con el que se dará
publicidad a los resultados y la tramitación de los concursos de acreedores con
el objetivo de garantizar la transparencia y la seguridad jurídica.
El Registro Público Concursal,
que dependerá del Ministerio de Justicia y será gestionado por el Colegio de
Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España,
mejorará la publicidad de los concursos, tanto de las resoluciones procesales
que se produzcan durante su tramitación, como de las anotaciones o asientos
registrales que se deban practicar en los registros públicos jurídicos de
personas y bienes.
También incluirá la apertura de
negociaciones para alcanzar acuerdos extrajudiciales y su finalización, es
decir, si se produce el acuerdo de pago o no. Además, asegurará la coordinación
entre los Juzgados de lo Mercantil y los distintos registros públicos, como con
los registradores y notarios.
Se reforzará el papel del Registro
Público Concursal como fuente de información jurídica importantísima para
facilitar las gestiones diarias de ciudadanos, juristas, autoridades públicas,
empresas y cualquier otro interesado. Permitirá a los bancos, los acreedores,
los socios comerciales y los consumidores acceder a información oficial y
fiable sobre casos de insolvencia, garantizándose el principio de unidad de
información concursal y la máxima accesibilidad a la misma al poder llegar a
sus a través de Internet.
El Real Decreto soluciona los
problemas detectados tras la entrada en vigor de la Ley Concursal de 2003, en
la que ya se prestaba especial atención a la publicidad de los concursos de
acreedores. De hecho, ya existía un Registro Público de Resoluciones
Concursales desde 2005, pero sólo ofrecía información parcial y presentaba
ciertas deficiencias.
El Real Decreto Ley del 27 de
marzo de 2009, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y
concursal ante la evolución de la situación económica y la reforma de la Ley
Concursal de 2011 modificaron los artículos 198 y 24 de este texto para mejorar
la publicidad de estos procedimientos. La reciente Ley de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización, del 27 de septiembre de 2013, también
reformaba la Ley Concursal para regular los acuerdos extrajudiciales de pagos,
cuya publicidad estará igualmente incluida en el Registro Público Concursal.
Para más información:
Ministerio de Justicia
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