¿Cómo puedo pagar el IRPF si no tengo suficiente dinero?
Financiar el pago de lo que tengo que pagar en el IRPF
A poco más de un mes para que
concluya el período para presentar la declaración de la renta, una duda que nos
asalta a todos es si nos tocará pagar o no, y en el caso de que así sea, cuánto
y cómo hacerlo.
Si nos toca devolver un importe que
no estamos preparados para abonar o que nuestra situación económica no nos
permite, una opción a la que podemos
recurrir es a solicitar un préstamo para pagar el IRPF. De hecho, podemos
acudir tanto a prestamistas de capital privado como a entidades bancarias, ya
que estas últimas lanzan productos crediticios diseñados exclusivamente para
este fin.
No obstante, como indican desde el comparador financiero HelpMyCash, resulta
fundamental conocer nuestra situación económica en profundidad para saber qué
tipo de crédito nos conviene solicitar, de manera que salgamos ganando.
¿Cómo son los préstamos diseñados para pagar el IRPF?
Son varias las entidades bancarias
que lanzan préstamos diseñados para hacer frente a la
devolución de la renta en esta temporada. De hecho, la mayoría de los
préstamos tienen condiciones bastante similares, al igual que ocurre con el
resto de los créditos destinados a una finalidad concreta como financiar un
vehículo, realizar una reforma o pagar unos estudios superiores.
Después de analizar algunos
préstamos destinados a hacer frente a la devolución de la renta de varias
entidades bancarias como Sabadell, Popular o Ibercaja (entre otros), podemos
afirmar que hay determinadas características en las que todas coinciden.
En primer lugar, la mayoría de las entidades nos permitirán solicitar como importe
máximo lo que nos toque devolver a Hacienda. En cuanto a los plazos de
devolución, varias entidades coinciden entre
los 9 y los 12 meses.
En lo que respecta al coste que pagaremos por el préstamo,
sí que podemos encontrarnos con una mayor variedad, aunque la mayoría oscilan entre el 6 y el 10 % TAE. Eso sí, todas
las entidades en las que nos hemos fijado tienen una comisión de apertura de entre el 1 y el 3 %.
Un claro ejemplo de estos préstamos
para hacer frente al pago de la renta es el que podemos obtener con el Banco Sabadell, Credirenta Positiva,
que nos permite obtener la totalidad del importe que tenemos que reembolsar con
un plazo de devolución de hasta 9 meses y un tipo de interés del 10,91 % TAE.
La comisión de apertura es del 3 % (con un mínimo de 60 euros) y tiene una
comisión de estudio de un 1 % (con un mínimo de 24 euros).
Por otro lado, si nuestra entidad
bancaria u otra no nos concede el capital, también
podemos hacer frente al pago de la declaración de la renta con préstamos
genéricos concedidos por prestamistas de
capital privado.
¿Qué opciones tengo si quiero fraccionar el pago?
Puede que no podamos hacer frente a
la totalidad del importe de la declaración de la renta que nos toque abonar en
un único pago, pero en varios sí. Por eso, resulta importante saber que también podemos solicitar un fraccionamiento
del pago a la propia Agencia Tributaria.
Así, la normativa del IRPF nos ofrece la opción de poder fraccionar el pago
correspondiente a la declaración de la renta en dos cuotas. En el primer
pago tendremos que abonar el 60 % de la totalidad y tendremos que hacerlo en el
mismo momento en el que presentemos la declaración. Por otro lado, en el
segundo pago liquidaremos la deuda, es decir, abonaremos el 40 % restante y
podremos posponerlo hasta el 7 de noviembre.
Además del fraccionamiento en dos
pagos, la Agencia Tributaria también nos
permite solicitar un aplazamiento. Así, nosotros mismos tendremos que
presentar una propuesta de calendario de pagos, justificar el motivo por el que
lo solicitamos y, en el caso de que el aplazamiento sea superior a los 6.000
euros, probablemente, estaremos obligados a presentar algún tipo de garantía
como puede ser un aval, una propiedad, etc. No obstante, debemos tener en cuenta que ambos mecanismos no son compatibles
simultáneamente.
¿Y si el resultado de la declaración es negativo?
Puede que al realizar la declaración de la renta nos
notifiquen que Hacienda nos tiene que devolver el dinero a nosotros, pero tiene
hasta final de año (6 meses desde que finaliza el periodo para presentar la
declaración) para hacerlo. Por lo que puede
que no recibamos el dinero para la fecha que teníamos prevista.
Ante esto, las
entidades bancarias también ofrecen préstamos como anticipos para que
podamos disponer del dinero cuando lo necesitemos y posteriormente reembosarlo
a la entidad. Estos productos también suelen coincidir en sus características:
ofrecen la cantidad que nos tiene que reembolsar Hacienda, su coste suele
oscilar sobre el 7 % TAE, los plazos de devolución son de hasta 12 meses y la
comisión de apertura, de entre el 1 y el 3 %.
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