El Gobierno aprobó en el Consejo
de Ministros celebrado el pasado viernes, el Programa de Activación para el
Empleo, el cual será un programa que beneficiará a los desempleados de larga
duración con cargas familiares que hayan agotado toda protección por desempleo
y estén buscando activamente empleo. Los beneficiarios que participen en las
medidas de activación tendrán derecho a percibir una ayuda de acompañamiento
durante seis meses, equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de
Efectos Múltiples), 426 euros mensuales.
Se estima que los beneficiarios
potenciales del Programa, que tendrá un coste de entre 1.000 y 1.200 millones
de euros con cargo a los Presupuestos Generales del estado para 2015 y 2016,
superarán los 400.000.
Vigencia y financiación del
Programa
Los desempleados podrán presentar
solicitudes para acceder al Programa desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15
de abril de 2016. Su financiación se realizará con cargo los ejercicios 2015 y
2016.
Los presupuestos para 2015
recogen un incremento de los recursos destinados a políticas activas del 16,8%,
que se eleva al 25% en el caso de los recursos a transferir a las comunidades
autónomas. Este incremento presupuestario para el ejercicio 2015, junto con los
recursos propios que cada Comunidad Autónoma destine, facilitará el
cumplimiento de los objetivos de este Programa de Activación. Una parte de
estos mayores recursos disponibles para 2015 se distribuirán entre las
Comunidades Autónomas en función del desarrollo efectivo del Programa, así como
de los resultados logrados.
Además, tal como recoge la Estrategia Española
de Activación para el Empleo 2014-2016, las medidas que lleven a cabo los
Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas serán sometidas a
evaluación y los resultados, en relación a los objetivos anuales, determinarán
la financiación en los ejercicios siguientes.
Tres meses antes de finalizar la
vigencia del Programa, se iniciará una evaluación conjunta por parte del
Gobierno, las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales con el fin de
determinar la eficacia del Programa en términos de inserción y mejora de la empleabilidad. Esta
evaluación permitirá, en su caso, determinar la necesidad de dar continuidad al
Programa o realizar cualquier tipo de adaptación que requiera.
Beneficiarios del Programa
El Programa se dirige a los
desempleados de larga duración con cargas familiares que hayan tenido empleo en
el pasado, busquen activamente empleo en el presente y hayan agotado las
posibilidades de protección por desempleo.
La ayuda de acompañamiento está
ligada al compromiso de actividad, para lo cual los beneficiarios deberán
suscribir este compromiso en el momento de la solicitud, y al cumplimiento de
una serie de requisitos:
•Haber trabajado en algún momento
de su vida laboral y que su última relación laboral se haya extinguido por
causa involuntaria.
•Estar sin protección: que hayan
agotado el programa PREPARA, el PRODI o la tercera Renta Activa
de Inserción hace más de seis meses, y que no tengan derecho a ninguna
prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción.
•No superar los umbrales de renta
habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad
familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.
•Figurar inscrito como demandante
de empleo a 1 de diciembre de 2014 y haber permanecido inscrito durante, al
menos, 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a la solicitud. En cuanto
a este último requisito, se exceptúan aquellos casos en los que los días de
baja como demandante de empleo por haber encontrado un trabajo no superen los
tres meses de duración.
En el plazo de un mes desde la
solicitud, el solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y
deberá acreditarla ante el Servicio Público de Empleo competente, que elaborará
un diagnóstico de las necesidades específicas del beneficiario a partir de su
perfil.
De esta forma, definirá un
Itinerario Personalizado de Inserción (IPI) que dará acceso a un conjunto de
medidas de activación, y le asignará un
tutor individual.
Durante la participación en el
programa, el beneficiario no podrá rechazar ninguna oferta adecuada de empleo
propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras, y se compromete
a realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los
servicios de empleo y acreditarlo.
Compatibilidad
El Programa permite
compatibilizar hasta 5 meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el
trabajo por cuenta ajena. Las bonificaciones a la contratación son compatibles
con el Programa, siempre que el límite de rebaja (incluyendo la cuantía de la
ayuda económica asociada al Programa) no supere el 80% del coste salarial del
beneficiario contratado.
Para más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad
Social
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