Ya
he terminado de pagar la hipoteca, ¿y ahora qué?
Pagar la última cuota de un préstamo hipotecario es un gran motivo
de alegría para la inmensa mayoría de los hogares, que ven como por
fin saldan una deuda que han arrastrado durante décadas. No
obstante, como apuntan desde
el comparador de hipotecas HelpMyCash.com, abonar esa última
mensualidad no significa que podamos desentendernos del crédito,
pues será necesario llevar a cabo varios trámites para que la
cancelación quede debidamente registrada.
Cancelar
la hipoteca por cuenta propia sale mucho más barato
Esa cancelación
se puede efectuar de dos maneras: contratando a una gestoría que se
encargue de realizar todos los trámites o hacerlos por nuestra
cuenta. La primera alternativa es más cómoda, pero también mucho
más cara, puesto que los honorarios de una agencia gestora pueden
llegar a alcanzar, en algunas ocasiones, incluso los 500 euros.
En cambio, si
optamos por realizar nosotros mismos los trámites, únicamente
tendremos que abonar los gastos notariales y registrales asociados a
la operación. En este caso, lo primero que deberemos hacer será
pedir el certificado de deuda cero al banco, un documento que
acredita que, efectivamente, hemos terminado de pagar la hipoteca.
Por ley, la emisión de este documento es totalmente gratuita,
así que la entidad no nos puede cobrar ninguna comisión por
entregárnoslo.
Hay
que acudir al notario, a Hacienda y al Registro de la Propiedad
El segundo paso
será acudir al notario para solicitar la escritura de la
cancelación. Seguidamente, tendremos que rellenar, en la
delegación de Hacienda de nuestra comunidad autónoma, el formulario
del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD, modelo 600) y
volver a la notaría, donde recibiremos la escritura firmada por
el apoderado del banco y pagaremos los honorarios del funcionario.
El coste de toda esta operación variará según el capital de la
hipoteca, aunque el arancel mínimo es de 90 euros (la cancelación
está exenta de impuestos).
Finalmente, para
hacer efectiva la cancelación, deberemos dirigirnos al Registro
de la Propiedad, donde tendremos que entregar el impreso del impuesto
y la escritura notarial. Una vez inscrita la cancelación, se
levantará la carga sobre la propiedad registral y la hipoteca
quedará oficialmente liquidada. El coste de este último paso
también variará según el capital del préstamo, con un mínimo de
24 euros.
¿Y
qué pasa si no se formaliza la cancelación?
Una vez
completado todo este proceso, nuestra vivienda quedará oficialmente
libre de cargas. Sin embargo, si no nos importa que en el registro
aparezca que hay una hipoteca sobre el inmueble, no es obligatorio
que formalicemos la cancelación. En estos casos, cuando pasen 20
años desde la cancelación de la hipoteca, el Registro de la
Propiedad borrará automáticamente la deuda.
No obstante, no
cancelar formalmente la hipoteca puede causarnos algunos
inconvenientes si queremos vender nuestra casa antes de que pasen
esos 20 años. En este caso, el potencial comprador vería en la
nota simple del inmueble que este no está libre de cargas, lo
que nos podría obligar a tener que efectuar el proceso mencionado
para demostrarle que la hipoteca está liquidada. Por tanto, si
queremos ahorrarnos esta molestia, es posible que nos resulte más
interesante inscribir la escritura de cancelación tras amortizar
completamente el préstamo hipotecario.
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