Trámites bancarios tras la muerte de un familiar

Trámites en el banco tras la muerte de un familiar
Tomamos como ejemplo los realizados en ABANCA aunque sería extrapolable a cualquier banco.

1. Información y documentación
El primer paso es informar a tu banco sobre el fallecimiento del titular. Solo en ese momento podrán empezar a realizar las gestiones necesarias. Es muy importante que seas consciente de que solo podrán hacerlo aquellos que puedan acreditar como herederos o que están facultados para ellos.

Tendrás que aportar la siguiente información:

Certificado de defunción.
Certificado de últimas voluntades.
Testamento o declaración de herederos.
Escritura de adjudicación de herencia (si la hubiese).
Poderes (cuando algún heredero esté representado).
Escritura pública de renuncia, en caso de que algún heredero no acepte la herencia.
No es algo inmediato, ya que han de ser expertos jurídicos quienes certifiquen a quién se le puede entregar la información del fallecido. En ABANCA dedicamos muchos recursos para que esta gestión sea lo más rápida posible, créenos.

2. Bloqueo de cuentas y baja de los autorizados
Para salvaguardar los intereses de los herederos, se bloquearán los saldos, productos y medios de pago del fallecido: cuentas, tarjetas, banca electrónica o telepeajes, entre otros.

¿Qué pasa si la cuenta tenía dos titulares? En este caso, el segundo titular podrá disponer del 50% del dinero sin asumir impuestos hereditarios. El resto se repartirá según lo haya estipulado el fallecido en su testamento. En caso de los autorizados, dejarán de serlo desde el momento del fallecimiento del titular.

En ABANCA realizaremos otras acciones que puedes consultar más detalladamente en nuestra guía completa.

3. Entrega de certificados y presentación del Modelo 650
En ABANCA os entregarán los certificados necesarios para liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones, donde aparecen las posiciones del fallecido (saldos de todos los productos contratados por un cliente con la entidad). Para continuar con el proceso, es indispensable presentar el justificante de pago del Modelo 650.

Este formulario ha de entregarse en la oficina liquidadora de la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido o en el registro de la propiedad, en caso de poblaciones pequeñas.

El plazo para presentar el modelo 650 es de 6 meses desde el día en que se produzca el fallecimiento.

4. Recogida de firmas
Una vez comprobada la información entregada, el banco informará a los herederos sobre los productos que tenía contratado el fallecido. Si no hubiera ninguna especificación, la herencia se repartirá de forma indivisible, es decir, todos son propietarios de toda la herencia.

Por ello, para completar el proceso, necesitaremos la firma de todos los herederos. En el caso de imposibilidad de asistencia de alguno de ellos, se podrá otorgar un poder notarial a favor de otras personas para que lo represente. En ABANCA tenéis la posibilidad de que podáis acudir a distintas oficinas.

Cada caso es diferente, así que para cualquier duda que pueda surgir relacionada con la sucesión de los bienes, estamos a tu disposición en nuestras oficinas, en el teléfono 981 910 522 o en la web de ABANCA, donde podrás encontrar una guía en PDF con mucha más información. Siempre, y en los momentos difíciles, más que nunca.


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