El Gobierno en su última reunión del Consejo
de Ministros celebrada el pasado viernes día 14 de junio aprobó la remisión a
las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Seguridad Privada, que impulsará la
coordinación y cooperación entre los sectores de seguridad pública y privada, y
abrirá la posibilidad de prestar nuevos servicios demandados por la sociedad y
que no estaban recogidos en anterior normativa de 1992.
Además, la nueva Ley de Seguridad Privada en
España combatirá el intrusismo, lo que conllevará graves sanciones como el
cierre de aquellas empresas que infrinjan la nueva regulación.
Una vez presentado al Consejo de Ministros el
pasado 12 de abril, el Ministerio del Interior entregó el Anteproyecto de Ley
de Seguridad Privada a las entidades representativas del sector de la seguridad
privada en España. En estos dos meses se han recibido 44 observaciones de
varias entidades del sector, detectives privados, sindicatos, gremio de
joyeros, así como la Federación Española de Municipios y Provincias, y la
Generalitat de Cataluña. Además, se ha contado con los informes de la Agencia
Española de Protección de Datos, la Comisión Nacional de la Competencia y el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Principales novedades
Así, a partir de ahora, la nueva Ley de
Seguridad Privada recoge el deber de comunicar los contratos al Registro
Nacional de Seguridad Privada, sin que dicha comunicación incluya datos de carácter
personal.
Se refuerza, además, el deber de reserva
profesional de los detectives, que sólo podrán informar de sus investigaciones
a sus clientes o a los órganos judiciales y policiales en el ejercicio de sus
funciones.
En cuanto a las competencias del Estado y de
las Comunidades Autónomas con atribuciones en esta materia, el nuevo texto
clarifica la distribución de estas competencias, a la luz de las modificaciones
de los Estatutos de Autonomía en los últimos años.
En el caso concreto de la Generalitat de
Cataluña, se han mantenido contactos de carácter técnico en los que se ha
alcanzado un importante grado de consenso, salvo en lo que se refiere a la
inscripción de la apertura de los despachos de detectives cuya competencia, en
todo caso, reside en el Estado.
Otra de las novedades que recoge el nuevo
Proyecto de Ley es la liberalización de la consultoría de seguridad. Es decir,
si antes era necesaria la elaboración de análisis de riesgos, informes, planes
y auditorías de sistemas de seguridad, todas ellas, actividades de seguridad
privada que requerían autorización, a partir de ahora se sustituyen
determinadas autorizaciones previas para el ejercicio de ciertas actividades
por declaraciones responsables, sin perjuicio de la facultad de comprobación
administrativa..
Finalmente, los servicios que no podrán
realizar las empresas de seguridad privada son los de investigación privada,
reservados a las agencias de detectives.
Por último indicar que esta nueva Ley era muy
necesaria puesto que el sector de la seguridad privada en España ha
experimentado un extraordinario desarrollo en los últimos años. Este sector
está compuesto por 1.490 empresas, con una plantilla de 85.000 personas y una
facturación de 3.215 millones de euros, según los últimos datos disponibles
correspondientes a 2012. Además España es uno de los Estados miembros de la
Unión Europea con más policías por habitante (516 agentes por cada 100.000
habitantes, frente a los 385 de media de la Unión Europea). Mientras, el número
de los vigilantes privados se sitúa en 195 por cada 100.000 habitantes, 76
menos que la media de la Unión Europea.
En su momento, la actual normativa de
Seguridad Privada, que data de 1992, fue pionera e imitada por los países de
nuestro entorno. No obstante, veinte años después de su aplicación ha quedado
ampliamente superada por la realidad y ha puesto de manifiesto sus
insuficiencias y lagunas, de ahí que esta nueva Ley sea muy necesaria.
Para más información:
Ministerio de Interior
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