Aún
puedes recuperar una media de 1.500 euros por los gastos de
constitución de tu hipoteca
El Tribunal
Supremo ha establecido que, en la formalización de un préstamo
hipotecario, es el cliente el que debe pagar el impuesto sobre actos
jurídicos documentados (IAJD). En consecuencia, tanto los
que contraten hipotecas en 2018 o en años posteriores como
los que las firmaron con anterioridad no podrán reclamar la
devolución de lo abonado por este tributo. Sin embargo, desde el
comparador financiero HelpMyCash.com recuerdan que aún es posible
recuperar lo pagado por otros gastos de constitución y cifra ese
importe en una media de 1.500 euros por cliente.
¿Qué
gastos se pueden recuperar?
Según
HelpMyCash.com, los hipotecados todavía pueden reclamar por los
gastos de notaría, gestoría y registro. En concreto, por los
aranceles notariales pagaron indebidamente entre el 0,1 % y el 0,5 %
de la responsabilidad hipotecaria, por los honorarios de la gestoría
se les cobró una media de entre 200 y 400 euros, mientras que por
los aranceles registrales tuvieron que abonar aproximadamente el 0,2
% de la responsabilidad hipotecaria.
Así, para un
préstamo hipotecario medio de 150.000 euros, se podrían recuperar
una media de casi 1.500 euros: unos 335 euros por los gastos de
registro, aproximadamente 760 euros por los aranceles notariales y
una media de 400 euros por los honorarios de la gestoría. En cuanto
a la tasación, cuyo coste suele ser de unos 300 euros, algunos
jueces consideran que es una partida que también debe abonar el
banco, aunque no es la postura mayoritaria.
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