¿Te ha salido a pagar en la declaración de la renta? Te damos
un motivo para que te alegres
Muchos afrontan con miedo el inicio
de la campaña de la declaración de la renta. La cifra que aparecerá en la parte
superior del borrador determinará si este año tocará pasar cuentas con Hacienda
y pagar o nos devolverá lo que hemos ingresado de más.
Probablemente, si el resultado
final es que la Agencia Tributaria tiene que devolvernos la cantidad de más que
hemos estado pagando a lo largo del año será una buena noticia. Pero no lo es
tanto cuando la situación es la inversa, cuando nos toca a nosotros abonarla.
Sin embargo, que salga a pagar
en la declaración de la renta no siempre es una mala noticia, aseguran
desde el comparador de productos
financieros HelpMyCash.com. Existe un caso en el que podríamos
alegrarnos de que Hacienda nos reclame ingresar. ¿Quieres saber si es el
tuyo?
Me ha salido a pagar: ¿y ahora qué?
Los contribuyentes que durante el
ejercicio fiscal hayan ingresado más de 22.000 euros de un solo pagador o más
de 12.000 en caso de que los rendimientos del trabajo procedan de más de uno
están obligados a rendir cuentas con Hacienda.
Pero los que no cumplen con estos
requisitos no están obligados a presentarla. Así que, lógicamente, solo
saldría a cuenta hacerlo cuando el resultado de la declaración fuese negativo,
es decir, cuando nos devolviesen dinero.
Sin embargo, como se ha mencionado
al inicio, que nos salga a pagar en la declaración de la renta no siempre es
una mala noticia. Si el resultado es positivo, pero nos encontramos
dentro del grupo que no está obligado a presentarla significará que durante
todo el año hemos pagado menos intereses de los que deberíamos, es decir,
que hemos cobrado de más. Y como no es necesario presentarla, no
tendremos que devolver esas cantidades que hemos estado recibiendo.
Y si no la presento, ¿me pueden sancionar?
Pero es importante que antes de
alegrarnos por el resultado nos aseguremos de que realmente no existe la
obligación de presentarla. Y es que, si nos equivocamos y no presentamos la
declaración cuando teníamos la obligación de hacerlo, tendremos que pagar
una multa. El coste de la sanción dependerá del resultado y del retraso.
Si presentamos la declaración con
hasta tres meses de retraso, deberemos pagar un 5 % de recargo, del 10 % si se
retrasa medio año, del 15 % un año y del 20 % plazos superiores. Además, habrá
que sumarle los intereses de demora del 3,75 %. Por
otro lado, hay que saber que si es Hacienda la que se retrasa en las devoluciones,
también tenemos derecho a reclamarle intereses de demora.
En caso de que la declaración nos
haya salido a devolver, pero tampoco la entreguemos a tiempo, deberemos abonar
una multa de 200 euros. Pero esta se puede reducir si somos nosotros los que
notificamos el error y nos mostramos de acuerdo con la sanción.
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